El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia del magistrado Francisco Carrasquero, declaró inadmisible un amparo introducido ante el organismo referidos a los escenarios para la toma de posesión del 10 de enero.
El amparo, solicitado por Otoniel Pautt Andrade, y que pedía que Diosdado Cabello, presidente de la Asamblea Nacional, asumiera la presidencia de la República fue descartado por “inepta solicitud” (apreciación de forma y sin ir al fondo)
El escrito refiere la solicitud de amparo constitucional contra el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, “por la presunta amenaza de violación de las normas contenidas en los artículos 231 y 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de que habría declarado que si el Presidente Electo no se juramenta el 10 de enero de 2013, dicho diputado no se encargaría de la Presidencia de la República; y, en las peticiones contenidas en el mismo escrito plantea que se “interprete que la interinaría le corresponda al presidente de la Asamblea Nacional en caso que el Presidente electo no asuma sus funciones el 10 de enero de 2013”.