El Banco Central de Venezuela destaca que las cuentas en divisas, permitidas para personas naturales y jurídicas con el convenio cambiario Nº 20, facilitarán la inversión privada en sectores estratégicos para la economía nacional.
Este convenio cambiario, que forma parte de las acciones económicas recientemente anunciadas por el gobierno nacional, flexibiliza las condiciones para abrir cuentas en divisas en los bancos del país, así como para movilizar recursos depositados en las mismas.
En el caso de empresas, éstas podrán mantener fondos en divisas destinados a la inversión en proyectos productivos estratégicos en el país, y para la adquisición y pago de bienes y servicios relacionados.
“Estas inversiones, en conjunto con el ajuste cambiario, impulsarán, asimismo, la oferta exportable nacional y el intercambio comercial a través de mecanismos de integración como el Mercado Común del Sur (Mercosur) y la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (Alba)”, indica el informe Al día con el BCV, publicado este jueves en la prensa nacional.
También recuerda que las personas naturales tendrán mayores facilidades para el acceso y mantenimiento de fondos en divisas, con los mismos requisitos para abrir una cuenta en moneda nacional.
Las personas naturales podrán mantener cuentas en divisas provenientes de transferencias ordenadas desde el exterior de fondos depositados en cuentas en moneda extranjera; remesas familiares; pensiones y jubilaciones causadas en el exterior.
Asimismo, están contempladas asignaciones pagadas en el exterior y depósitos en efectivo por hasta 2.000 dólares mensuales, provenientes de estos mismos conceptos.
Estas cuentas se podrán manejar con transferencias electrónicas y con una tarjeta de débito, funcionan de forma similar a una cuenta corriente pero sin la posibilidad de emitir cheques.
AVN