Cada vez que un gobierno quiere introducir de manera abierta o solapada una reforma tributaria, sea ésta sistemática, integral y con visión del conjunto de las finanzas públicas o, simplemente una parcial, asistemática y de simples incrementos de las alícuotas impositiva, sin frenar la erosión de las bases de imposición, habla de la presión fiscal.
El Ministro Giordani en reiteradas oportunidades ha mencionado que la presión fiscal en Venezuela es baja, en relación a otros países de la región, al afirmar que es de 11.4% del PIB, basado en las “Estadísticas tributarias en América Latina” elaboradas por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).
El referido informe, elaborado conjuntamente por el Centro de Política y Administración Tributaria y el Centro de Desarrollo de la OCDE, la Comisión Económica de las Naciones Unidas para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), presenta datos detallados comparables a escala internacional sobre los ingresos tributarios de 15 economías latinoamericanas.
En la parte especifica al análisis venezolano se expresa que
“los ingresos tributarios petroleros muestran una tendencia decreciente al contrario de los no petroleros. Sin embargo la expansión de estos últimos no fue suficiente para compensar la caída de los primeros, provocando una considerable disminución de la recaudación total entre 1990 y 2010 (7.2 puntos porcentuales del PIB).
Esto contrasta tanto con los países de la OCDE, donde se observa una estabilidad en los ingresos tributarios, como con los demás países de América Latina. Esta caída en la recaudación tributaria ha llevado a Venezuela a registrar el menor nivel de presión tributaria de América Latina en 2010 (11.4% del PIB), situándose 8 puntos porcentuales por debajo de la media regional y llegando sólo a un tercio del nivel promedio para los países de la OECD”.
De igual manera, el Profesor El Troudi, uno de los ideólogos de la “política económica bolivariana”, expresa que la CEPAL “puso al desnudo la primacía de los impuestos indirectos sobre los directos en Latinoamérica” para abogar por la reforma del impuesto sobre la renta, la introducción de otros impuestos y la modificación del Código Orgánico Tributario.
Ello a pesar de afirmar “que el mensaje general de la PEB en materia tributaria se traduce en señalar que no se requieren más impuestos en Venezuela”.
La presión fiscal o tributaria es definida como la proporción de la recaudación de estos ingresos periódicos, ordinarios o regulares con respecto al Producto Interno Bruto (PIB).
El incremento de la presión tributaria puede lograrse mediante el diseño y ejecución de:
(i) Medidas de política tributaria (racionalización de las exenciones, exoneraciones y demás beneficios fiscales que responde a la necesidad de poner un coto al desorden en su otorgamiento y la dificultad de su gestión; ampliación de la base de imposición; actualización de los alícuotas impositivas o de los tramos que la componen).
(ii) Medidas de políticas de administración tributaria (creación de mecanismos simplificado de gestión de tributos, como el «Monotributo»; perfeccionamiento de los sistemas de recaudación; formación continua del profesional tributario; incentivos remunerativos y estabilidad; reconocimiento a su formación y no politización; eliminación de nichos de corrupción.
(iii) Medidas institucionales que refieren, entre otras, al redimensionamiento de la estructura y funcionamiento del Estado; a la armonización y coordinación de la gestión de las competencias que le son propias, ya bien sea en un mismo nivel-la República- o entre varios de ellos; la racionalización del gasto público; la definición de procedimientos para garantizar la eficiencia del gasto público.
(iv) Medidas económicas que garanticen la expansión económica; la inversión nacional y extranjera; el desarrollo económico y la productividad.
La mayor parte de los gobiernos latinoamericanos, esto excluye a Venezuela, reaccionaron, según el informe de la CEPAL traído a colación, “tanto recortando el gasto público como instaurando políticas destinadas a incrementar la recaudación, obteniendo así una notable mejora de la gestión presupuestaria y el saldo fiscal. En la parte recaudatoria de la ecuación, las reformas fiscales y de las administraciones tributarias contribuyeron notablemente a alcanzar ese objetivo. Como parte de este proceso, el impacto de la inflación en los ingresos obligó a los responsables de dictar políticas (policy-makers) a hallar soluciones para hacer que el sistema fuera menos vulnerable a episodios inflacionistas, tales como disminuir los plazos para el pago de impuestos e indexar las obligaciones tributarias”.
Ahora bien, la ausencia de políticas fiscales en lo términos analizados, la existencia de una parafiscalidad exacerbada generalizada para todos los sectores, adicionándose otras para sectores específicos, la generación de boquetes al presupuesto nacional derivada de su existencia y la creación incontrolada de servicios autónomos; el empecinamiento de establecer un Estado Comunal paralelo al Constitucional; la voracidad fiscal generalizada de estados, municipios y entes parafiscales sin armonización y coordinación alguna hacen poco transparente la gestión fiscal y deslegitimada la pretensión de un incremento de la presión tributaria, como veremos en nuestro próximo artículo.
Leonardo Palacios Márquez