En la Gaceta Oficial Número 40.349, que circula este jueves, se encuentran publicadas las normas para la adquisición de un plan de cobertura de servicios médicos para viajes y de pérdida, hurto o robo de equipaje. La resolución, emitida por el Ministerio para el Turismo, señala como necesario establecer políticas de protección a todas las personas que se trasladen por vía aérea, acuática y terrestre que tengan como origen o destino el territorio nacional, reseña Globovisión.
De acuerdo al texto, los prestadores de servicios turísticos de transporte terrestre, acuático y aéreo internacional tienen la obligación de solicitar y ofrecer a los turistas un plan de cobertura de servicios médicos para viajes y de pérdida, hurto o robo de equipaje. Se indica que los prestadores de servicios deben notificar a cada turista, al momento de la venta del boleto o pasaje, el carácter obligatorio de adquisición de referido plan de cobertura.
Asimismo, los proveedores de los planes de cobertura deben estar autorizados por el ministro para el Turismo, Andrés Izarra, y deberán exponer en sus páginas electrónicas toda la información correspondiente a la póliza. También están obligados a colocar puntos de venta en todos los puertos, aeropuertos y puestos fronterizos en el territorio nacional.
En el mismo sentido, deben amparar los gastos médicos generados en ocasión de accidentes y enfermedades sobrevenidas durante el viaje, sin excepción alguna.
Las agencias de viaje y turismo quedan excluidas como intermediarios para la adquisición de los planes de cobertura de servicios médicos para viajes y pérdida, hurto o robo de equipaje.
En referencia a la póliza, la resolución indica que su costo será adicional al precio del boleto o pasaje. Además, debe tener una vigencia mínima al periodo de duración de cada viaje, en específico 45 días continuos contados a partir del momento en que el turista inicia su viaje.
Los proveedores de transporte pública, terrestre o acuático deberán entregar a la compañía que ofrece la cobertura de servicios médicos para viajes y de pérdida, hurto o robo de equipaje un listado con los nombres de los turistas, número de pasaporte o documentación.