El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta Martínez, se refirió a la normativa sobre los arrendamientos que entró en vigencia este lunes y aseguró que solo aplica “para los dueños de edificios, con más de 3 apartamentos, de 20 años de antigüedad”, publica Globovisión.
Explicó que estos propietarios de edificios, que tengan más de 3 residencias alquiladas, serán quienes deban ofertar el inmueble a sus inquilinos una vez terminado el contrato con un lapso de 60 días hábiles. Acotó que “la multa (de 2 mil unidades tributarias) deberá ser pagada por cada vivienda que no se oferte”.
De acuerdo a la Gaceta Número 40.382, esta multa deberá ser cancelada en 5 días hábiles, una vez determinado el incumplimiento.
Por lo tanto, enfatizó que los propietarios individuales que alquilen alguna residencia “están exentos” de la aplicación de este reglamento.
A juicio del presidente de Apiur, esta normativa “impone” que el propietario deba poner en oferta un bien al terminar un contrato de arrendamiento; es decir, que deba venderlo aún cuando no lo establezca en sus planes.
Y en cuanto al inquilino, Orta Martínez resaltó que “está obligado a comprar” y expuso que “la venta como cualquier tipo de contrato debe ser voluntario”.