La alta funcionaria, en plenas facultades de ejercicio y administración de sus responsabilidades, aclaró que el mero concierto de las instituciones del Estado son requisitos suficientes para la aplicación de la justicia en un caso tan delicado como el despojo de su libertad y atribuciones a ciudadanos recién electos.
No se está juzgando a un personaje común (de ser así, también configura una aberración judicial), sino a un par de máximos representantes de un poder público autónomo como el municipal, legitimados incluso por el régimen del que Ramírez es parte, y acusados en audiencia exprés, sin pruebas, argumentos ni instancia para introducir apelación alguna.
El hecho ha producido la repulsa reacción de abogados y dirigentes políticos de todo el mundo. No hay que pasar muchas páginas para recordar que los desmanes, atrocidades y arbitrariedades de la Alemania Nazi y la Italia Fascista, fueron “legales”. El momento es propicio para repasar películas y documentales sobre los Juicios de Núremberg (1945-1946) que se consiguen en cualquier red social.
Referente a la legalidad de Ramírez, el Dr. Allan Brewer-Carías realizó unas “Reflexiones sobre la situación venezolana” disponibles en su web www.allanbrewercarias.com. Resuelve: “Si el Estado totalitario (que es el que controla la totalidad de los poderes y de la vida de los ciudadanos) viola los derechos humanos, si ello lo hace con la participación de todos los poderes públicos, así sea contrario a la Constitución, entonces ello es ‘legal”.
Y es que en Venezuela, tenemos meses con una férrea labor de informar a la población en general sobre la naturaleza dictatorial del gobierno de Nicolás Maduro. El Plan de la Patria, la materialización del Estado totalitario en pleno Siglo XXI, es un proyecto que poco a ocasiona los destrozos ya evidenciados por toda la nación como el desabastecimiento, la crisis inflacionaria, la multiplicación de la inseguridad personal, represión de la protesta con la fuerza pública y grupos paramilitares, y encarcelamiento de líderes opositores.
La nueva legalidad instalada en el país rechaza los postulados de la actual Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). Texto vigente, legítimo y que muta en herramienta del gobierno actual para restringir, confiscar y atacar a la ciudadanía en miras del control total. Giovanni Sartori en su obra “La Política” (1984), expresó: “Lo que una democracia no llega a obtener de sus ciudadanos, un Estado totalitario lo obtiene de sus súbditos”. Vale la réplica para la defensora Ramírez, que ni defiende ni deja defender.
Y a propósito de los funcionarios que hoy restringen las garantías ciudadanas, asfixiando los derechos fundamentales como parte del programa dictatorial, sirve de reflexión la ya mencionada experiencia de Núremberg. El imperio Nazi, luego de su derrumbe, ha sido condenado por la historia universal. Extrapolado al trópico venezolano, el mejor referente de un juez futuro, es el artículo 25 de la CRBV: “Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo; y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores”. @angelarellano