La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil C.A. Centro Médico de Caracas contra una sentencia dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
El fallo del referido tribunal superior laboral declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación presentado por el ciudadano Ángel Alexis Piña Parra en la demanda por acreencias laborales que sigue contra la mencionada clínica.
Precisó la Sala del Máximo Juzgado, con ponencia del magistrado Luis Franceschi Gutiérrez, que la sentencia impugnada se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas regidas por el orden público.
En vista de lo anterior, se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el Centro Médico de Caracas, y se mantiene firme la sentencia dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana.