Carros con menos de 2 años no podrán venderse vía web, según proyecto de Ley de Comercio Electrónico

Carros con menos de 2 años no podrán venderse vía web, según proyecto de Ley de Comercio Electrónico

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De aprobarse el Proyecto de Ley de Comercio Electrónico quedaría prohibida la oferta de bienes y servicios a través de las páginas web de los vehículos menores a dos años desde su adquisición.

Con información de Panorama





De igual forma se incluye en las prohibiciones de comercialización a las viviendas de interés social, medicamentos, productos de primera necesidad, entre otros artículos subsidiados por el Estado.

El artículo 58 del proyecto aprobado el pasado martes 4 de noviembre en primera discusión por unanimidad, señala que “se prohíbe la oferta de bienes y servicios a través de tecnologías de información, páginas web, internet, paginas sociales de medicamentos, sustancias prohibidas para su consumo o uso, bienes o servicios que inciten a la prostitución o pornografía; artículos de primera necesidad y de la cesta básica o aquellos sometidos a regulación de precios, así como los comercializados por cualesquiera de la redes de distribución de alimentos del Estado”.

Incluye además “artículos subsidiados por el Estado venezolano antes de dos años de su adquisición, vehículos automotores antes de dos años de su adquisición; viviendas de interés social y artículos vencidos o en mal estado”.

En relación a las sanciones, establece de 1.000 a 2.000 Unidades Tributarias como multa para quienes infrinja la normativa, la cifra más alta es para los reincidentes. Explicó a PANORAMA el diputado por el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) Claudio Farías, presidente de la Comisión de Administración y Servicios.

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