El Parlamento Europeo condenó este jueves “rotundamente” en una resolución la “persecución” política en Venezuela, así como la “represión” de la oposición, el uso de la violencia y el encarcelamiento de manifestantes y pide a Caracas que respete la independencia judicial y los derechos humanos.
La resolución, impulsada por los conservadores del Partido Popular Europeo (PPE) obtuvo el respaldo del grupo socialista, los liberales de ALDE y el grupo de los conservadores y reformistas ECR.
En total, la resolución que no es vinculante pero expresa un reclamo político para que el Consejo Europeo, que representa a los 28 países miembros, actúe, sumó 476 votos, 109 en contra y 49 abstenciones.
Resolución del Parlamento Europeo sobre la persecución de la oposición democrática en Venezuela
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus resoluciones anteriores sobre la situación en Venezuela, en particular su Resolución, de 24 de mayo de 2007, sobre el caso de la cadena Radio Caracas Televisión(1) en Venezuela, de 23 de octubre de 2008, sobre las inhabilitaciones políticas en Venezuela(2), de 7 de mayo de 2009, sobre el caso de Manuel Rosales(3), de 11 de febrero de 2010, sobre Venezuela(4), de 8 de julio de 2010, sobre Venezuela, en particular el caso de María Lourdes Afiuni(5), de 24 de mayo de 2012, sobre la posible retirada de Venezuela de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos(6), y de 27 de febrero de 2014, sobre la situación política en Venezuela(7),
– Vistas las declaraciones a la prensa del portavoz de la alta representante de la UE / vicepresidenta de la Comisión, Catherine Ashton, del 28 de marzo de 2014 y del 15 de abril de 2014, sobre la situación en Venezuela,
– Vista la opinión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 26 de agosto de 2014,
– Vista la declaración del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, de 20 de octubre de 2014, sobre las detenciones de manifestantes y políticos en Venezuela,
– Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del que Venezuela es parte,
– Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,
– Vistos el artículo 135, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, del Reglamento,
A. Considerando que la crisis económica, los altos índices de corrupción, la escasez crónica de materias primas, la violencia y las divisiones políticas han desencadenado una serie de protestas pacíficas desde febrero de 2014 contra el Gobierno del presidente Maduro, y que dichas protestas no han cesado; que los manifestantes se han enfrentado a un uso desproporcionado de la fuerza y la violencia por parte de la policía, de miembros de la Guardia Nacional y de violentos grupos armados descontrolados progubernamentales; que, según las organizaciones locales e internacionales, más de 1 700 manifestantes se encuentran a la espera de juicio, más de 69 siguen encarcelados y al menos 40 personas han sido asesinadas durante las protestas sin que se hayan exigido responsabilidades a los autores; que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos confirma que ha recibido informes sobre más de 150 casos de tratos degradantes ocurridos durante las detenciones, incluidos casos de torturas; que, según diversas fuentes, prosigue la persecución de la oposición democrática por parte de las fuerzas de seguridad;
B. Considerando que la libertad de expresión y el derecho a participar en manifestaciones pacíficas son elementos fundamentales de la democracia y están reconocidos en la Constitución venezolana; que la igualdad y la justicia para todos resultan imposibles si no se respetan los derechos y libertades fundamentales de todos los ciudadanos; que existen numerosos informes que confirman que los medios de comunicación sufren cada vez más intimidaciones y una censura cada vez más estricta; que durante la septuagésima Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), celebrada en Santiago (Chile), esta organización declaró que Venezuela está sometiendo a una gran presión a los medios independientes, instó a dicho país a respetar la libertad de expresión y advirtió de un deterioro aún mayor de las libertades democráticas;
C. Considerando que el líder de la oposición, Leopoldo López, fue detenido arbitrariamente el 18 de febrero de 2014 acusado de conspiración, instigación de manifestaciones violentas, incendio provocado y daños a la propiedad; que, desde su detención, ha padecido torturas físicas y psicológicas y se le ha sometido a un régimen de aislamiento; que los alcaldes de la oposición Daniel Ceballos y Vicencio Scarano, así como el inspector de policía Salvatore Lucchese, han sido detenidos por no haber logrado poner fin a las protestas y la rebelión civil en sus ciudades, y condenados a varios años de prisión; que los congresistas de la oposición Juan Carlos Caldera, Ismael García y Richard Mardo hacen frente a investigaciones y procesos judiciales destinados a conseguir su suspensión e inhabilitación como congresistas;
D. Considerando que dirigentes estudiantiles como Sairam Rivas, presidenta del Centro de Estudiantes de la Escuela de Trabajo Social de la Universidad Central de Venezuela, Cristian Gil y Manuel Cotiz, han sido retenidos injustamente durante más de 120 días en dependencias del Servicio Bolivariano de Inteligencia, y se les han practicado torturas y tratos degradantes en relación con las protestas ocurridas entre febrero y mayo de 2014, siendo acusados de los delitos de instigación a delinquir y uso de menores para la comisión de delitos;
E. Considerando que, el 20 de octubre de 2014, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Husein, expresó su preocupación por la detención de manifestantes y solicitó la liberación de todos los detenidos por ejercer su derecho a la protesta pacífica; que, el 8 de octubre de 2014, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas calificó la detención de Leopoldo López de ilegal, arbitraria y motivada por sus opiniones políticas, y pidió su liberación, así como la de todos quienes siguen detenidos arbitrariamente;
F. Considerando que al Gobierno de Venezuela le incumbe una especial responsabilidad a la hora de respetar el Estado de Derecho y el Derecho internacional si tenemos en cuenta que es miembro no permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas desde el 16 de octubre de 2014;
G. Considerando que en las observaciones del informe reciente del Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas sobre la República Bolivariana de Venezuela se expone de forma explícita su preocupación por que imperen la impunidad, la tortura y el trato degradante de los prisioneros políticos, el uso excesivo de la fuerza, la aquiescencia y complicidad con las acciones de los grupos armados progubernamentales, la detención arbitraria y la falta de garantías procesales básicas; que en dicho informe se pide la liberación inmediata de todos los detenidos de forma arbitraria, entre ellos Leopoldo López y Daniel Ceballos, que fueron detenidos por ejercer su derecho a expresarse y a manifestarse pacíficamente, y, además, se expone su preocupación por los ataques a periodistas y defensores de los derechos humanos, las ejecuciones extrajudiciales y la absoluta inexistencia de una independencia judicial;
H. Considerando que el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, ha solicitado la liberación de quienes fueron encarcelados por su participación en las protestas; que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha expresado su profunda preocupación por la situación de las libertades de asociación y de expresión en Venezuela;
I. Considerando que la decisión de Venezuela de retirarse de la Convención Americana sobre Derechos Humanos entró en vigor el 10 de septiembre de 2013; que, como resultado de esa medida, los ciudadanos y los residentes en Venezuela no pueden elevar ninguna queja ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos;
J. Considerando que, en marzo de 2014, María Corina Machado, la diputada de la Asamblea Nacional que mayor voto popular obtuvo en Venezuela, fue separada de su cargo, desposeída de su acta y expulsada del Parlamento de forma absolutamente ilegal y arbitraria por parte del presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, que la acusó de traición por haber denunciado ante el Consejo Permanente de la OEA la masiva y sistemática violación de los derechos humanos en Venezuela;
K. Considerando que, en el ejercicio de su actividad política y parlamentaria, María Corina Machado ha sido objeto de toda una serie de procesos penales, persecuciones políticas, amenazas, intimidaciones, acosos e incluso agresiones físicas dentro del propio hemiciclo de la Asamblea Nacional por parte de partidarios del Gobierno; que ha sido imputada recientemente por tentativa de asesinato contra el presidente Maduro, por lo que puede ser condenada hasta a dieciséis años de prisión;
L. Considerando que la judicatura ha fracasado en su función como poder independiente del gobierno; que no cabe esperar que el sistema judicial realice investigaciones imparciales ni dicte sentencias justas en los casos de acusaciones contra la oposición;
M. Considerando que únicamente el respeto de los derechos y las libertades fundamentales y un diálogo constructivo y respetuoso en un espíritu de tolerancia pueden ayudar a Venezuela a salir de esta grave crisis y a superar futuras dificultades;
N. Considerando que, en abril de 2014, se abrió una negociación sobre las protestas entre el Gobierno y la oposición, denominada «Mesa de Diálogo», y que se interrumpió desgraciadamente un mes más tarde sin conseguir ningún logro;
O. Considerando que Venezuela es el país que cuenta con las reservas energéticas más importantes de América Latina; que el pueblo venezolano sufre una grave escasez de artículos de primera necesidad, los precios de los alimentos se han duplicado y ha comenzado el racionamiento de alimentos; que los precios del petróleo siguen cayendo drásticamente, intensificando la recesión económica y amenazando la frágil economía del país, dependiente del petróleo;
P. Considerando que el fracaso del Estado a la hora de mantener la ley y el orden público ha llevado a Venezuela a ser uno de los países más violentos del mundo; que la crisis política y económica permanente en Venezuela ha contribuido a un aumento del índice de asesinatos y de la inseguridad ciudadana, según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito;
1. Manifiesta su profunda preocupación por el agravamiento de la situación en Venezuela y condena el encarcelamiento de manifestantes pacíficos, estudiantes y líderes de la oposición; insta a la liberación inmediata de las personas encarceladas arbitrariamente, de acuerdo con las solicitudes realizadas por diversos organismos de las Naciones Unidas y organizaciones internacionales;
2. Condena rotundamente la persecución política y la represión de la oposición democrática, las violaciones de las libertades de expresión y de manifestación, y la existencia de censura en los medios de comunicación y páginas web;
3. Condena rotundamente el uso de la violencia contra los manifestantes; expresa sus sinceras condolencias a las familias de las víctimas; pide a las autoridades de Venezuela que investiguen esos crímenes y exijan responsabilidades a sus autores sin dejar margen alguno a la impunidad;
4. Alienta a todas las partes a mantener un diálogo pacífico que abarque a todos los estamentos de la sociedad venezolana para definir los puntos de convergencia y permitir que los interlocutores políticos debatan los problemas de mayor gravedad que afronta el país; pide a todas las partes involucradas que eviten una escalada de la violencia, y recuerda al Gobierno de Venezuela que un diálogo constructivo resulta imposible mientras los líderes de la oposición están encarcelados de modo arbitrario;
5. Pide a las autoridades venezolanas que desarmen y disuelvan inmediatamente a las asociaciones y los grupos armados descontrolados progubernamentales, y que pongan fin a su impunidad;
6. Recuerda al Gobierno de Venezuela su responsabilidad a la hora de velar por que todos los juicios se desarrollen conforme a las normas internacionales; reitera que el respeto del principio de la separación de poderes es fundamental en un régimen democrático, y que el sistema judicial no puede ser utilizado por las autoridades como medio de persecución política y de represión de la oposición democrática; pide a las autoridades venezolanas que retiren los cargos infundados y las órdenes de detención contra políticos de la oposición, y que garanticen la seguridad de todos los ciudadanos del país, independientemente de sus opiniones o adscripciones políticas;
7. Pide al Gobierno de Venezuela que cumpla su propia Constitución y sus obligaciones internacionales en lo que respecta a la independencia judicial, los derechos de libertad de expresión, asociación y reunión pacifica, así como al pluralismo político, dado que constituyen elementos fundamentales de la democracia, y que vele por que no se castigue a las personas por ejercer sus derechos de reunión pacífica y libertad de expresión;
8. Solicita al Gobierno de Venezuela que respete los derechos humanos, lleve a cabo investigaciones eficaces de las supuestas violaciones de dichos derechos, y facilite un entorno en el que los defensores de los derechos humanos y las organizaciones no gubernamentales independientes puedan realizar su trabajo legítimo de fomento de los derechos humanos y la democracia;
9. Pide al SEAE y a la Delegación de la UE, así como a las Delegaciones de los Estados miembros que sigan con atención las investigaciones y las audiencias judiciales de los líderes de la oposición;
10. Pide al Gobierno de Venezuela que entable con la Unión Europea un diálogo intenso y abierto sobre los derechos humanos;
11. Solicita a la UE, a sus Estados miembros y a la alta representante / vicepresidenta, Federica Mogherini, que pidan la liberación inmediata de los manifestantes que hayan sido detenidos arbitrariamente desde el inicio de las protestas;
12. Reitera su petición de que se envíe a Venezuela cuanto antes una delegación ad hoc del Parlamento Europeo para evaluar la situación y dialogar con todos los sectores en conflicto;
13. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Gobierno y a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana y al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos.