Una de las mayores preocupaciones cuando hablamos del cambio del sistema político en Venezuela pasa por establecer cual deberá ser la nueva composición del poder luego de un cambio constitucional. Realmente ese es meollo del problema. En un país fuertemente centralizado como el nuestro, el poder se halla en pocas manos, principalmente en las del Presidente de la República y a quienes este designe para administrar los recursos de la Nación.
Nuestra tesis es que sin importar quién sea el Presidente, si el sistema aun sigue en pocas manos, como ocurre con nuestra actual Constitución, invariablemente la administración será ineficiente y corrupta. No es posible que sea de otra manera porque son seres humanos quienes al detentar un poder absoluto, se corrompen absolutamente. Ya esa verdad indiscutible la manejaba James Madison (1751-1836), considerado el verdadero Padre de la Constitución norteamericana, cuando al redactar la Carta Magna de la primera potencia del mundo indicaba que todo hombre tenía una predisposición intrínseca a abusar del poder. Entonces la Constitución se debía construir de tal manera que se equilibrara el Poder poniéndole límites a las autoridades que invariablemente abusarían de él.
Entonces de lo que se trataba era de repartir lo más eficientemente el poder de quienes gobiernan, no permitiendo que nadie sea superior a ninguna persona, y que el balance neto del Poder sea de tal manera que no exista nadie en la administración del Estado que haga lo que quiera con los recursos de todos sin el control de otros. De allí la teoría de equilibrios de poder explicada por Madison en el Federalista No. 10 (ver El Federalista en http://goo.gl/LsgP8x).
“The Federalist Papers” o El Federalista, como es conocido por nosotros, fueron una serie de ensayos numerados publicados por James Madison (1751-1836),Alexander Hamilton (1755-1804) y John Jay (1745-1829) en The Independent Journal y The New York Packet, dos periódicos de Nueva York, con el objeto de defender el planteamiento federal de la Constitución propuesta a las 13 Provincias y convencerlas de su ratificación. Estos ensayos fueron publicados entre octubre de 1787 y agosto de 1788.
Sin pensar siquiera que alguien pueda replicar algo como lo que hicieron Madison, Hamilton y Jay con El Federalista, es fundamental considerar, como ellos lo hicieron, que era una labor de importancia capital convencer a sus conciudadanos de lo trascendental del planteamiento federal, disgregando cada una de las razones por las cuales ellos pensaban que el Poder no podía descansar en personas sino en INSTITUCIONES.
Es por esa razón que en esta y próximas notas intentaré argumentar, claramente sin la magistralidad de los fundadores norteamericanos, porque pienso que a Venezuela no le queda otro camino que convertirse en una Republica verdaderamente Federal, si pretendemos vivir en democracia después de esta tragedia comunista, so pena de volver a tropezar con la misma piedra en el futuro.
Si estos Padres Fundadores de los Estados Unidos utilizaron la prensa limitada del Siglo XVIII para convencer al pueblo norteamericano de ese entonces del porque moverse hacia un sistema federal de gobierno, bien podríamos nosotros utilizar ese mismo mecanismo pero con la nueva prensa del Siglo XXI, las redes sociales, para tratar de convencer a los venezolanos del porque un gobierno basado en Instituciones, federal y descentralizado es mucho mejor y más seguro que uno basado en el criterio centralizado de una o pocas personas, por más iluminadas que la mayoría piense que son.
A mi juicio no ha sido lo suficientemente explicado al país el porqué Venezuela siendo fundada como un Estado Federal en 1811, nunca llegó a realmente serlo, aun habiéndose ganado una Guerra Federal a mediados del Siglo XIX. Tal vez sea por eso que se nos ha hecho muy difícil explicar la necesidad de un cambio del presente paradigma centralista. Sin embargo no entraré aquí en una discusión histórica. Parte de esa discusión ya la referí previamente en otra nota (ver Federalismo del Siglo XXI en http://ticsddhh.blogspot.com/
Más bien mi interés aquí se centra en la discusión posterior. No es suficiente con decir “una Constituyente”. Hay que explicarle a la gente que es lo que debería venir después y como eso afectaría sus vidas y en general la vida del país. Porqué un planteamiento como el que hacemos en el Proyecto País Venezuela podría tener una profunda influencia en los asuntos del Estado, y como un cambio sustantivo en la institucionalidad prevista en la actual Constitución podría ser cambiada para mejorar nuestra futura calidad de vida. Eso es lo verdaderamente crucial.
Queremos, en resumen, cambiar de un Estado de Poder Centralizado por uno de Poder Descentralizado, y eso conlleva cambios importantes en cuestiones tan significativas como la redistribución del Poder, actual y constitucionalmente en manos de pocos, a un poder establecido constitucionalmente en manos de muchos. O dicho de una manera más sencilla, la construcción de nuevas formas institucionales que traspasen ese Poder, ahora en manos de pocas personas, a un poder en manos de Instituciones.
Pero eso no es de ninguna manera simple. No basta con cambiar la Constitución, ni es un proceso inmediato hacer que los cambios que se hagan tengan efecto. Nuestro país lleva más de 200 años manejándose administrativa y políticamente de manera centralizada. El proceso que comenzó con la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público en 1989, se vio truncado, no solo por el gobierno de Hugo Chávez, sino por las propias fuerzas políticas-que aún siguen vivitas y coleando- y que nunca alcanzaron a entender que esa era la única salida que le quedaba a la democracia.
Al decir de Allan Brewer Carías, entonces Ministro de Estado para la Descentralización, en enero de 1994 (ver Mensaje al Congreso en Allan Brewer Carías, II, 2, 97. Informe sobre la Descentralización en Venezuela 1993 – Junio 1993-Febrero 1994 en http://goo.gl/5IFBcH, Pág. 19): “Esa no fue una decisión política partidista propia de un sistema que venía funcionando. Esa fue, realmente, una decisión de sobrevivencia: no había otra forma de enfrentarse al proceso electoral de 1989, después de la protesta popular del 27 de febrero de ese año, recién instalado en la Presidencia de la República Carlos Andrés Pérez, que no fuera con el sometimiento a un proceso electoral en los Estados, distinto al nacional y para ello, la pieza clave era la elección directa de los Gobernadores. Esa decisión fue un signo del inicio de un esfuerzo de democratización de la democracia, a lo que se agrega la elección directa de Alcaldes, establecida en la reforma de la Ley Orgánica de Régimen Municipal de ese mismo año.”.
En otras palabras, los políticos no fueron a la descentralización porque creyeran en ella, sino porque fue un problema de supervivencia. Ahora se nos está presentando el mismo problema solo que no tan evidente. La elección de las autoridades regionales solo fue la válvula de escape para bajar la presión de un sistema que reventaba. Todo el esfuerzo realizado por aquellos que trabajaron arduamente para el traspaso de competencias a los Estados, modificando leyes nacionales y haciendo que se promulgaran otras en las Asambleas Legislativas de los Estados se perdió en la indiferencia de la clase política. Y el discurso de entrega del Ministro para la Descentralización en enero de 1994 no es más que el epitafio adelantado que se escribiría en la lápida de nuestro sistema democrático centralizado de partidos en 1998.
La institucionalidad que deberemos construir ahora deberá partir de un punto diferente pero con miras a llegar al mismo lugar que se definió durante el mandato de Transición del Presidente Ramón J. Velásquez y que lamentablemente perdimos en 1994. Ese es el reto. No habrá democracia en Venezuela después de la salida de los comunistas del poder si no se retoma seriamente el camino de la descentralización que se inició en 1989. Ahora ese reto es muchísimo mayor porque deberemos construir desde cero esa institucionalidad, estableciendo los marcos de referencia más adecuados para que esas competencias se instituyan en los Estados como parte integral de su autonomía federal, partiendo de la refundación de Venezuela como una Republica Federal.
Caracas, 30 de Marzo de 2015
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