Una amplia amnistía busca la oposición con su proyecto de ley que exculparía a prófugos de la justicia, inhabilitados políticamente que es específica en un punto relacionado con las protestas y hechos ocurridos en 2014, publica Panorama.
El instrumento hace énfasis en los acontecimientos del 11 de abril de 2002 y días subsiguientes, el paro nacional y petrolero ocurrido entre diciembre 2002 y los primeros meses de 2003, que no hayan sido favorecidos con el decreto con rango, valor y fuerza aprobado por el fallecido Hugo Chávez, y en los que se busca beneficiar a los comisarios y funcionarios de la Policía Metropolitana.
El perdón que plantea la oposición, incluso, abre la puerta a una doble amnistía para dirigentes como Leopoldo López, María Corina Machado y Manuel Rosales, todos ya ‘amnistiados’ en el año 2007 por su participación en los hechos de abril de 2002
En la exposición de motivos del proyecto de la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, presentado en la Asamblea Nacional, establece que este beneficio es un instrumento “lícito” que permite poner fin a la persecución y al castigo penal sobre determinados delitos, con la finalidad de cerrar “heridas políticas o sociales que dificultan la convivencia” y “crea condiciones propicias para la participación de todos los sectores en los asuntos públicos”, cometidos desde el 1 de enero de 1.999 hasta la entrega en vigencia de la normativa.
Quedan exceptuados de la amnistía otorgada por la ley los delitos de lesa humanidad o delitos relativos a violaciones graves a los derechos humanos perpetrados por autoridades o funcionarios públicos.
Asimismo, implica los delitos de difamación, injuria, de vilipendio, ofensas contra funcionarios públicos.
El texto aclara que el salir beneficiado con la amnistía no requiere el “reconocimiento o atribución de culpabilidad o autoría” de los hechos punibles establecidos en su contenido; argumento utilizado por la bancada de Gobierno para rechazar el proyecto presentado ante la AN.
Según el artículo 12 de la ley, “se concede la amnistía de los hechos relacionados con las expresiones emitidas por dirigentes políticos los días 23 de enero de 2014 y siguientes, a través de los medios de comunicación y redes sociales, en el contexto de la propuesta denominada (La Salida)”.
También ampara a quienes hayan cometido delito de fuga y de quebrantamiento de condena, en relación con las personas procesadas o condenadas por la comisión de cualquiera de los hechos punibles comprendidos por la amnistía, lo que podría incluir a Carlos Ortega y Eduardo Lapi.
Hace mención, además, a la utilización indebida en varios casos de las facultades sancionatorias contra jueces, fiscales del Ministerio Público y otros funcionarios públicos, igualmente, el uso político en la facultad del Contralor General de la República de imponer inhabilitaciones. Se aclara, que la amplia amnistía, no tiene implicaciones económico – financieras.