Luis Manuel Aguana: Ley Orgánica de Referendos: una propuesta

Luis Manuel Aguana: Ley Orgánica de Referendos: una propuesta

thumbnailluismanuelaguanaPuede resultar pedante de mi parte mencionar el detalle, pero probablemente si no fui yo el primero, sí uno de los primeros en mencionar públicamente la necesidad de una Ley de Referendos antes de plantear algún proceso revocatorio al gobierno (ver Revocatorio y Constituyente en http://ticsddhh.blogspot.com/2016/01/revocatorio-y-constituyente.html). Decía en esa nota de finales de enero en este blog:

…Pero ahora la Asamblea Nacional si PUEDE y DEBE cambiar esa situación promulgando con urgencia legislativa una Ley de Referendos y Constituyentes que modifique radicalmente las condiciones en las que los venezolanos puedan concurrir a revocar a un funcionario electo, dándole las garantías necesarias y protegiendo celosamente su identidad; pero que no solo regule los referendos revocatorios sino también la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente por parte de los poderes constituidos, como el Presidente de la República, los Consejos Municipales y la misma Asamblea nacional con las dos terceras partes de sus integrantes. La convocatoria por parte del mismo soberano con el 15% del Registro Civil y Electoral debería protegerse para que el MISMO soberano regule su propia convocatoria porque el poder del soberano está por encima de los poderes constituidos.

Aun habiendo hecho la advertencia, esto último subrayado fue lamentablemente incluido como parte del dispositivo regulatorio con el CNE descrito en el Proyecto, normando de esa manera al Poder Constituyente Originario en la propuesta de Ley Orgánica de Referendos (http://www.asambleanacional.gob.ve/uploads/botones/bot_e1e24955f3d466bee7c5b4b27a039d061dea8462.pdf).





A tal efecto, la Alianza Nacional Constituyente responsablemente hizo las observaciones pertinentes a la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional, en la persona de su Presidente, la Dra. Delsa Solórzano, la cual fue añadida como parte del proceso de consulta pública (ver Carta de la ANC a la Comisión de Política Interior de la AN en http://ancoficial.blogspot.com/2016/04/carta-de-la-anc-la-comision-de-politica.html) que está realizando la Comisión. De esta manera la Alianza solicita formalmente que se excluya de la Ley Orgánica de Referendos cualquier regulación al Poder Constituyente Originario.

Dicho esto, podríamos afirmar que se encuentra en curso una petición formal para una modificación de un Proyecto de Ley aprobado por la Asamblea Nacional en primera discusión, en relación a la regulación inconstitucional al llamado a un Proceso Constituyente de carácter Originario, y que tal vez debamos sentirnos tranquilos porque los ciudadanos Diputados procederán a corregir ese grave error.

Sin embargo creo que eso no es suficiente…

He mantenido desde esta tribuna de la red, y desde mucho antes de abrazar el proceso Constituyente como la solución al grave problema que atraviesa el país, que el sistema electoral venezolano en particular y el Poder Electoral en su conjunto, están viciados desde sus raíces y forman parte del mecanismo de dominación que el régimen en su entrega incondicional a un gobierno extranjero, ha utilizado desde el año 2004 para ganar elecciones y perpetuarse en el Poder, haciendo fraude electoral con máquinas de dudosa funcionalidad y transparencia.

Esto no es nuevo. Lo he denunciado conjuntamente con importantes expertos venezolanos desde hace años, en incontables cartas públicas y comunicaciones (ver ¡Elecciones Auténticas YA! http://declaraciondecaracas.blogspot.com/2013/01/elecciones-venezolanas-autenticas-una.html y todos los artículos de http://bitakoraeva.blogspot.com/).

Es por esa razón que sería moralmente imperdonable y un irrespeto a los millones de venezolanos que han tratado de salir pacifica, constitucional y electoralmente de este régimen desde hace mas de 12 años, que dejara de abordar los otros aspectos del Proyecto de la Ley Orgánica de Referendos, y más aun siendo uno de los primeros en mencionar su necesidad públicamente, ya que podríamos de nuevo caer en lo que lamentablemente se cayó en el 2004, cuando los venezolanos fuimos a un Referendo Revocatorio sin contar con las garantías electorales suficientes, y la oposición ACEPTO un fraude gigantesco, que todavía los políticos opositores insisten en afirmar que no existió, aun cuando se ha demostrado de una manera técnica y contundente (ver La Naturaleza delató al CNE en http://ticsddhh.blogspot.com/2012/12/la-naturaleza-delato-al-cne.html).

En primer lugar debo recordar que fue la oposición reunida en la Coordinadora Democrática el año 2003 quien llevó a cabo “El Firmazo”, con fundamento en lo previsto en el Articulo 72 de la Constitución y en las disposiciones del Artículo 183 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política donde se establecía la posibilidad de solicitar un Revocatorio a cualquier cargo de elección popular. Allí los venezolanos REVOCAMOS A CHAVEZ. Sin embargo en noviembre de ese mismo año el régimen DESCONOCIENDO LA VOLUNTAD POPULAR declaró “inadmisible” con su CNE la solicitud de revocatorio de Chávez y “NO VALIDAS” LAS FIRMAS entregadas, cuando eso no estaba normado -ni tenía que estarlo- ANTES del proceso de recolección de firmas. Esa violación a nuestro derecho a la participación política está en la Resolución 030912-461 del CNE del régimen.

NOSOTROS, y lo digo con propiedad porque muchas de esas planillas las conseguimos con muchísimo sacrificio y con la sola voluntad de muchos voluntarios de las zonas populares de Caracas del Comité Pro-Si de la Sociedad Civil (ver El Comité Pro Sí ante el fraude a la voluntad popular expresada en los comicios http://www.analitica.com/opinion/opinion-nacional/el-comite-pro-si-ante-el-fraude-a-la-voluntad-popular-expresada-en-los-comicios/) habíamos levantado con “El Firmazo” las firmas necesarias para revocar al Presidente y el CNE DESCONOCIENDO ESE HECHO nos obligó a recoger nuevas firmas para satisfacer al régimen. Eso se logró de nuevo con “El Reafirmazo”. Después vino el rollo de las “firmas planas” y todo lo que aconteció luego para poder llegar tan siquiera a CONVOCAR al proceso revocatorio.

No me cabe en la cabeza que ahora sea esa misma oposición quien pretenda hacernos lo mismo que nos hiciera amargamente el régimen, otorgando por Ley Orgánica al CNE UN DERECHO que siempre tuvimos los venezolanos de LIBREMENTE BUSCAR UNAS FIRMAS PARA REVOCAR A UN FUNCIONARIO ELECTO, como lo hicimos por primera vez en este país en el año 2003 con “El Firmazo”, basándonos únicamente en el Articulo 72 de la Constitución. ¿Alguno de ustedes puede explicarme eso?

Pues bien, el Proyecto de Ley opositora nos indica que debemos tener “promotores” que hagan una solicitud que DEBE SER APROBADA POR EL CNE. Asimismo, estos deberán conseguir una manifestación de voluntad de al menos el 0,5% del Registro electoral del ámbito territorial que corresponda, conforme al último RE, solo para comenzar a recoger firmas en unos puntos aprobados por ellos, en número y localidad. ¿Dónde está escrito eso en el Articulo 72 de la Constitución?

Ya solamente con eso RECHAZO DE PLANO ese adefesio legislativo que profundiza lo que ya el CNE tenía para evitar que se revocara a cualquier funcionario rojo-rojito, sin entrar en el resto de las violaciones a la constitución del Proyecto, además de regular inconstitucionalmente la convocatoria al Poder Constituyente Originario que ya comentamos al comienzo. Sin embargo, es importante indicar que no quiero quedarme en el solo rechazo sino sugerir cómo se podría verdaderamente desarrollar ese proceso sin que se conculquen nuestros derechos ciudadanos.

Debo dejar constancia que no creo que un Revocatorio solucione el grave problema que tenemos los venezolanos, y que debemos ir a una solución INCLUYENTE (ver Una solución incluyente en http://ticsddhh.blogspot.com/2015/12/una-solucion-incluyente.html). Sin embargo algunos compatriotas en su obstinación y hartazgo por salir del régimen están comprando ese discurso populista. El problema es que si vamos a un Revocatorio en unas condiciones paupérrimas como las sugeridas en ese Proyecto de Ley, quedaremos PEOR que en el 2004, enterrando posiblemente y de manera definitiva el empuje de la población para seguir luchando cívicamente por salir de estos delincuentes. Solo vean a los cubanos, unos zombis secuestrados para siempre por una dictadura de dos ancianos. Y eso es lo que busca el régimen. Es por eso que aunque no creo en ese camino para Venezuela, si eso se llegara a imponer, me siento con la obligación moral de decirles a los venezolanos, y en especial a quienes son responsables de esa Ley, cómo creo que se podría proceder para tener probabilidades de ganarlo en el menor tiempo posible, sin repetir los errores del pasado. Veamos:

Si un Revocatorio requiere del 20% constitucional para ser convocado, entonces a la mitad del período de los funcionarios, el CNE debe garantizar la apertura del 20% de los Centros Electorales en todas las Circunscripciones durante un periodo que denominaremos “de revocatoria del mandato”. Los centros que deberán abrirse tienen que cubrir adecuadamente toda la circunscripción electoral. Al estar los periodos del Presidente, Gobernadores, Alcaldes o cualquier otro funcionario de elección popular, determinados perfectamente, el día siguiente de la mitad del mandato se abrirían el 20% de los Centros en todo el país, por un número de días a considerar, que se corresponda a la cantidad de voluntades requeridas.

Los partidos políticos, grupos de electores, interesados, etc., que deseen el revocatorio de algún funcionario, que hagan su campaña antes de ese momento, como una campaña electoral cualquiera. Los electores que concurran a esos centros votaran por el revocatorio del mandato del funcionario en ESA Circunscripción electoral si así lo desean, identificándose solo con su cédula de identidad a los miembros de la mesa electoral, y este debe haber sufragado en la elección del funcionario a revocar. No se puede entender que alguien que no participó en la elección de un funcionario vote para revocarlo.

Las mesas estarán dispuestas con los testigos de ambos, revocado y revocante, como cualquier proceso electoral. Se deberá resguardar de igual manera la confidencialidad e identidad de quien emite el voto para revocar. A la finalización del proceso ambas partes deberán constatar si se llegó o no al 20% de solicitudes tal y cual lo dice el Artículo 72 de la Constitución. Si se llegó al porcentaje establecido, el CNE se convocará en los siguientes 30 días a la población a un proceso Revocatorio con todas las garantías. Este proceso puede durar DIAS, incluso UN DIA si se trata del Presidente actual.

El modelo podría igualmente aplicarse al resto de los Referendos (Consultivo, Aprobatorio de Ley, Abrogatorio, Aprobatorio de Ley presentado por Iniciativa Popular Legislativa, Enmienda Constitucional, Aprobatorio de Reforma Constitucional), estableciendo en cada caso los tiempos sobre los cuales se puede aplicar la consulta y las partes a favor o en contra, con mecanismos que garanticen que los ciudadanos puedan consignar su voluntad de realizarlos libremente, sin ninguna cortapisa como esta en la Constitución.

¿Es eso complicado? ¿Se requiere de mucha imaginación para hacerlo? Ya los procesos de testigos, centros, conteos, identificación de electores, transmisión de datos, totalización, etc., los conoce el CNE. No se haría NADA MAS de lo que hemos hecho siempre al votar y no se nos sometería ni conculcaría en nuestros derechos, como lo hace el Proyecto de Ley Orgánica de Referendos aprobado en la Asamblea Nacional en primera discusión, como una copia corregida y aumentada de los Reglamentos actuales del CNE.

Con este procedimiento escrito en forma de Ley se derogarían los Reglamentos ventajistas del CNE y se le obligaría a un proceso electoral con un hacer que ya conoce muy bien la oposición venezolana, dándole una ventaja al ciudadano y a los proponentes que deseen impulsar un proceso Revocatorio o Consultivo a cualquier nivel, así como las garantías necesarias para el funcionario al que se desee revocar, en el caso de un Revocatorio.

Deseo disculparme por la extensión inusual de esta nota, pero creo que era importante destacar estas cosas en este momento trascendental de la vida del país. Y que aunque no esté de acuerdo con una solución que al final pueda llegar a imponerse por razones políticas, creo al menos que se debe colaborar para que si se aplica, esta deba ser la mejor posible en resguardo de nuestros derechos, no en beneficio de unos políticos que buscan su propia ventaja, sino de un pueblo que ya no tolera más equivocaciones.

 

Caracas, 2 de Abril de 2016

 

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