El Ejecutivo formalizó la creación de la nueva Gran Misión de Abastecimiento Soberano, y con ella los cambios en las reglas de juego en el proceso productivo.
La Gaceta Oficial 40.941 publica el decreto 2.367 con el alcance del programa cívico-militar que busca “neutralizar las acciones desestabilizadoras” contra el sistema agroproductivo e industrial.
La normativa crea el Comando para el Abastecimiento -que está a cargo del Ministerio de la Defensa-, sobre el que descansan potestades que pasan por “dictar medidas especiales, directrices y regulaciones” sobre la compra, comercialización y producción de alimentos, medicamentos y rubros agroindustriales, pero también estipular a quiénes se venden estos rubros.
El artículo 7 legaliza la discrecionalidad en el comercio de los productos contemplados en la Misión. Se establece que el Comando podrá estipular a las cadenas productivas y de distribución “la obligación de vender a determinadas empresas u otros entes estatales el porcentaje de su producción que sea necesario”.
De esta forma se da sustento legal a una práctica que los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (Clap) han querido implementar, pero que ha generado rechazo, pues son variados los disturbios ocasionados por el desvío de mercancía desde los comercios privados a las redes públicas.