El parlamentario nacional jubilado Walter Márquez junto con los diputados Juan Pablo Guanipa de Primero Justicia y Rafael Veloz de Voluntad Popular, solicitará ante la Fiscalía General de la República y el Consejo Moral Republicano, la responsabilidad penal, civil y administrativa, contra la presidenta del CNE, Tibisay Lucena, y las demás rectoras que la acompañan por graves violaciones de DDHH, obstáculos y negligencias en la activación del referéndum revocatorio que está garantizado en el artículo 72 de la Constitución de la República.
Nota de prensa
Detalló Walter Márquez que la mayoría de términos y de requisitos solicitados por el organismo electoral en Venezuela para el RR son violatorios de los derechos constitucionales. “Pues las rectoras están obligadas a cumplir con el artículo 294 de la Constitución de la República, que las obliga a la transparencia, imparcialidad y celeridad de los actos electorales, pero al contrario están colocando trabas para retardar el referéndum revocatorio violando a su vez el artículo 5 de la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos y el artículo 25 de la Constitución de la República que señala que todo acto del poder público que viole o menoscabe los derechos y garantías constitucionales es nulo y acarrea responsabilidad penal, civil y administrativa contra quien lo ordene y ejecute”.
Por esa razón – indicó Márquez- acompañados de un equipo de abogados y diputados, estamos elaborando el libelo de la denuncia contra Tibisay Lucena y las otras tres rectoras por abuso de poder, tipificado en el artículo 203 del Código Penal, ellas tienen unas facultades discrecionales de las cuales han abusado transformándose en abuso de poder lo cual es un delito; además violan el derecho internacional de acuerdo al artículo 155 numeral 3 del Código Penal es un delito la violación de tratados internacionales ya que el artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana, el artículo 23 de la Convención Americana de los Derechos Humanos y el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos garantizan el derecho al sufragio, el cual está siendo vulnerado de manera flagrante y descaradamente por las rectoras del CNE a excepción del rector Luis Emilio Rondón que ha cumplido con sus obligaciones constitucionales.
Adicionalmente, señaló, las rectoras del CNE se han asociado para delinquir, incurriendo en agavillamiento, que está tipificado como un delito en el artículo 286 del Código Penal.
Para Walter Márquez las rectoras del CNE han entrabado y siguen negando el derecho al Referéndum Revocatorio al pueblo venezolano, por lo tanto son responsables penal, civil y administrativamente, e incluso de acuerdo al artículo 222 de la Carta Magna, la Asamblea Nacional está obligada a abrir una averiguación contra esas funcionarias y a establecer la responsabilidad política por sus actuaciones al margen de la legislación nacional e internacional.
Comisarias políticas
También manifestó el parlamentario jubilado que entre las trabas y demoras, está la exigencia arbitraria a la MUD de presentar el 1% de firmas de los electores para activar la solicitud del referéndum, “eso fue una maniobra de Tibisay Lucena quien promovió la resolución 2770 del 18 de diciembre de 2007 en la cual solicita el 1% para que tenga legitimidad los electores, pero la MUD es un partido político con legitimidad ante el CNE por haberse registrado y publicado en gaceta electoral su inscripción y los venezolanos de acuerdo al artículo 67 constitucional tienen derecho a asociarse con fines políticos en concordancia con lo garantizado en el artículo 21 de la Ley de Partidos Políticos y en el artículo 48 de la ley orgánica de procesos electorales; por lo que exigirle el 1% a la MUD quien obtuvo el 56% del electorado, y el 65% de la representación parlamentaria fue un trámite innecesario, un abuso de poder y una gravísima violación de derechos humanos y garantías constitucionales, por esa razón estamos en presencia de unas comisarias políticas que están al servicio del régimen, quienes ha demostrado parcialidad, discriminación y negligencia al retardar el procedimiento del referéndum revocatorio por razones estrictamente políticos”.
Recordó que en la rueda de prensa que dio Tibisay Lucena el pasado 9 de agosto, en la cual presentó un cuadro de las etapas de recolección del 20% del registro electoral, incluyó unos lapsos que son inaceptables, entre ellos que después de los 3 días, para la recepción de la voluntad de soberanía popular, agregó 5 días continuos para recoger las actas y 15 días hábiles para la verificación de esa manifestación de voluntad, para declarar la procedencia o no de la activación del referéndum revocatorio. “Todos estos lapsos son innecesarios porque el proceso es automatizado y de manera inmediata se conoce el resultado, hablar de 5 días continuos para recoger las actas y 15 hábiles para verificar la información es un abuso de poder y una burla de las rectoras a la soberanía popular”.
Demora de elecciones regionales
Las rectoras del CNE –expresó- que igual han sido negligentes en la convocatoria a las elecciones regionales que incluyen gobernadores, y diputados a los consejos legislativos, por cuanto están en mora, no requiere ningún requisito previo, sino simplemente convocarlo, porque en diciembre de este año de acuerdo a los artículos 160 y 162 de la Constitución de la República, se vence el periodo constitucional de los diputados regionales y los gobernadores de estado, no hacerlo es negligencia y abuso de poder por parte de estas rectoras quienes le están haciendo el juego a un gobierno que sabe que cualquier proceso electoral les va a ser adverso, el hecho de que no se convoque oportunamente es otro agravante de la actuación parcializada de las rectoras del CNE quienes deben asumir ante la historia y el país, la responsabilidad penal, política, civil y administrativa por sus actuaciones en contra de la soberanía popular.