Gehard Cartay Ramírez: “Constituyente” sin pueblo

Gehard Cartay Ramírez: “Constituyente” sin pueblo

 

Eso es lo que pretende la cúpula podrida de Maduro y compañía.

Si lograran hacerla, ya se sabe que tendría el contundente rechazo de la inmensa mayoría de los venezolanos. Sería entonces una “constituyente” sin pueblo, es decir, una “constituyente” de mentira. Sería, en definitiva, una “constituyente” que no es tal, inexistente para todos los efectos. Por lo tanto, sus acuerdos y decisiones tendrían que ser desconocidas por los venezolanos.

¿Cómo se podría obligar al pueblo a acatar la decisión de un grupito canalla y contrario a los intereses de Venezuela? Sería absolutamente imposible, así continuaran reprimiendo y asesinando a la gente. No habría manera de imponerles a los venezolanos la camisa de fuerza que sería esa “constituyente” fabricada por un cogollito de ineptos y corruptos, como el que maneja el país desde hace años.

Porque el único que puede convocar y aprobar una nueva Constitución es el pueblo. Más nadie. Esta verdad hay que repetirla y machacarla, así sea una perogrullada más.

La Constitución actual es muy clara al respecto y aquí no vale ninguna Sala “Constitucional” para interpretarla. Su texto es clarísimo, como el agua de un manantial.  No está escrita en ruso o arameo y, por tanto, no necesita traducción alguna, mucho menos interpretación jurídica.

Lo primero que debe advertirse es que una Constituyente sólo puede convocarla el pueblo de Venezuela como “depositario del poder constituyente originario” (Art. 347). Por consiguiente, no la puede convocar nadie más. Aquí estriba precisamente el fraude de Maduro y compañía, al pretender sustituir al pueblo para convocar su “constituyente” pirata.

Y el pueblo de Venezuela puede convocarla con tres objetivos precisos y simultáneos: “transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución” (Art. 347). Si usted, amigo lector, vuelve a leer lo anterior, se dará cuenta de que, en el caso de una nueva Constitución, la Constituyente que se elija sólo puede redactarla, mas no aprobarla. Porque es el pueblo el único que puede aprobarla para que sea, en verdad, la Constitución de todos.

Por lo tanto, hay dos procesos que deben cumplirse obligatoriamente: uno, que el pueblo convoque o no la Constituyente, consultada su voluntad mediante un referendo a tal efecto; y dos, si fuere el caso, el pueblo será el que, en definitiva, aprobará o no el proyecto de Constitución redactado por la Constituyente.

Por lo tanto, hay que diferenciar la convocatoria de la Constituyente (Art. 347), por un lado, de la iniciativa para convocarla (Art. 348), por el otro. La trampa madurista pretende fundir ambos actos, que son distintos en sí mismos. El Art. 348 establece quiénes tienen la iniciativa para convocar la Constituyente, pero sólo eso. En cambio, el 347 señala que sólo el pueblo de Venezuela podrá convocar la Constituyente, así como aprobarla o no.

Por estas razones, y como ya se ha señalado suficientemente, la “constituyente” de Maduro y su cúpula podrida no es otra cosa que un escandaloso fraude constitucional, tal como lo ha denunciado la Fiscal General de la República.

Esa iniciativa del régimen viola la Constitución en tres aspectos fundamentales: 1) No la somete a la voluntad del pueblo, donde “reside intransferiblemente la soberanía” (Art. 5); 2) Por eso misma razón, viola el principio de la progresividad en materia de derechos humanos; y 3) Viola  el principio del sufragio universal, directo y secreto, como medio de expresión de la soberanía popular.

(Este tercer aspecto es también sumamente grave: el madurismo pretende ahora eliminar el voto popular, directo y secreto, después de 70 años de su establecimiento. Quieren sustituirlo mediante “bases constituyentes” unilaterales, según las cuales los constituyentistas no serían elegidos por el pueblo, sino por corporaciones fascistoides y en “representación” de cada municipio, pero de manera fraudulenta, porque los municipios despoblados tendrían más representantes que los poblados, con lo cual se desconoce a la mayoría y se privilegia a la minoría.)

Por desgracia, visto el pronunciamiento de ayer del TSJ, pretenden hacerla “a lo Jalisco”, sin importarles la voluntad de los venezolanos, ni la Constitución que ellos mismos aprobaron en 1999, y que su “comandante eterno” (quien, por lo visto, cuatro años después de muerto ya no los comanda) llamó “la mejor del mundo”.

En uso de la facultad constitucional que le otorga el Art. 70, la Asamblea Nacional debería ahora mismo acordar que se someta a referendo consultivo la iniciativa de Maduro sobre su  “constituyente” fraudulenta. Y si, como todo pareciera indicar, el CNE o el TSJ lo niegan, sin tener potestad para ello, debemos hacerlo de todas maneras a fin de dejar en evidencia el amplio repudio del pueblo a la misma.

@gehardcartay

 

 

 

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