Tan solo cuatro casos sentenciados desde su creación hace 15 años. Ese ha sido hasta ahora el resultado de la actuación de la Corte Penal Internacional, lo que demuestra lo lenta que puede ser esa vía como mecanismo de búsqueda de justicia, publica El Nacional.
Por REYES THEIS RTHEIS@EL-NACIONAL.COM
La CPI entró en vigor el 1° de julio de 2002, pero fue creada por iniciativa de la Organización de Naciones Unidas el 17 de julio de 1998 mediante el Estatuto de Roma, que ha sido ratificado por 122 países, incluido Venezuela, que lo hizo el 7 de junio del año 2000 durante la gestión del presidente Hugo Chávez.
El artículo 1 señala que la corte “estará facultada para ejercer su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional”. Los delitos de su competencia son el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y la agresión.
Los casos. Tuvieron que transcurrir 10 años desde su creación para que la CPI produjera la primera sentencia, que fue en contra de Thomas Lubanga, quien recibió una pena de 4 años de prisión por el reclutamiento y utilización de niños en la región de Ituri, República Democrática del Congo, entre 2002 y 2003.
Dos años más tarde, el 7 de marzo de 2014, Germain Katanga, ex miliciano del Congo, fue condenado a 12 años de cárcel por crímenes contra la humanidad, los cuales incluían asesinato, ataque a la población civil y destrucción de la propiedad, registrados en febrero de 2003.
En junio de 2016 Jean-Pierre Bemba, ex vicepresidente de la República Democrática del Congo, fue sentenciado por las violaciones cometidas por el Movimiento de Liberación del Congo entre 2002 y 2003. El último fallo fue en septiembre de 2016 contra el yihadista Ahmad al Mahdi al Faqi, alias “Abu Turab”, que recibió 9 años de cárcel por la destrucción en 2012 de bienes patrimonio de la humanidad en Tombuctú, Malí.
En los casos sentenciados pasaron entre 7 y 14 años desde que se cometieron los delitos para que la CPI se pronunciara en firme.
Pocos arrestos. Otro aspecto que muestra el impacto limitado de la Corte Penal Internacional es la relación entre casos investigados, órdenes de detención y detenciones producidas. De los 25 que ha resuelto y que involucran a 30 personas se han emitido 14 órdenes de arresto, las cuales no se han podido ejecutar y han ocasionado la paralización del proceso porque ni el Estatuto de Roma ni su reglamento aceptan los juicios en ausencia.
Entre ese grupo con órdenes de detención, pero sin sentencia, destaca el del presidente de Sudán, Omar al Bashir, con un juicio abierto por el conflicto en la región sudanesa de Darfur en 2003 que causó 300.000 muertes y más de 2 millones de desplazados, según cifras de la ONU.
Entre los crímenes por los que Al Bashir es requerido por la Corte de La Haya se encuentran: ataques directos e intencionales contra la población civil, que no formaba parte de las hostilidades, y genocidio. Este último cargo fue desestimado.
Al Bashir fue el primer jefe de Estado en funciones en ser procesado y recibir una orden de arresto, que no se ha podido concretar. En 2015, al llegar a Suráfrica para la 25ª Cumbre de la Unión Africana, el Tribunal Superior de ese país firmó una orden judicial que le impedía salir de ese territorio para estudiar si debía ser entregado a la CPI, pero finalmente se decidió su libertad. El mandatario ha estado en otras naciones como Jordania, a pesar de la orden de captura.
De las 30 personas que han sido encausadas por la corte, 4 fueron sobreseídas. En ese grupo destaca Uhuru Kenyatta, presidente de Kenia, y es el único mandatario que ha comparecido ante el tribunal, lo que ocurrió en 2014.
Kenyatta fue sobreseído por falta de pruebas. Se le acusaba de haber orquestado asesinatos, deportaciones, violaciones, persecución y otros atropellos entre 2007 y 2008, cuando era ministro de Finanzas.
Lesa humanidad
El artículo 7 del Estatuto de Roma considera crimen de lesa humanidad cualquiera de los actos que se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de la agresión: asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, encarcelación, tortura, violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable; persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, desaparición forzada de personas, crimen de apartheid y otros actos que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.