Un tribunal peruano condenó a diez años de prisión a un exsacerdote católico por haber realizado “tocamientos indebidos” a una niña de diez años que acudía habitualmente a su parroquia, pero no cumplirá la pena si no es ratificada en segunda instancia, informó el Poder Judicial.
El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Corte Superior del Santa, de la región Áncash, consideró al exclérigo Luis Hernán del Carpio culpable del delito de actos contra el pudor en agravio de una menor de edad cuando tenía a cargo la parroquia Nuestra Señora de Guadalupe, en la ciudad de Nuevo Chimbote.
En una entrevista realizada en cámara Gesell con presencia de autoridades judiciales y religiosas, la víctima, que ahora tiene 13 años, confesó que los tocamientos fueron realizados en 2014 en el interior de la sede eclesiástica.
El exsacerdote no estuvo presente al momento de la lectura de sentencia por supuestamente encontrarse mal de salud.
El tribunal aclaró que la ejecución de la condena queda suspendida de manera provisional hasta que la Sala Penal de Apelaciones, que ordenó la realización de un nuevo juicio, ratifique el fallo.
La suspensión provisional de la pena está contemplada en el artículo 402 del Código Penal que señala que el juez podrá optar por la ejecución inmediata de la pena o por imponer reglas de conducta mientras el recurso interpuesto es resuelto.
Esta norma indica que el procesado no podrá ausentarse de la localidad en la que reside, ni concurrir a determinados lugares o presentarse a la autoridad en los días que se le fijen.
EFE