El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) acordó extraditar al ciudadano francés Christian Rabourdin, solicitado en su país por delitos de narcotráfico, informó mediante un comunicado. EFE
“La Sala de Casación Penal del TSJ declaró procedente la extradición pasiva del ciudadano por los delitos de transporte no autorizado de estupefacientes, detención no autorizada de estupefacientes, y tenencia de arma de categoría B”, indica el texto.
El TSJ señala que para “garantizar plenamente los derechos del referido ciudadano” este “no podrá ser juzgado por otros hechos distintos a los señalados en la solicitud de extradición, cometidos con anterioridad a la referida solicitud”.
Indica que se estableció un compromiso con Francia para que la extradición cumpla con estos extremos, así como para que se tome en consideración, para el cómputo de la pena, el tiempo desde la fecha de su detención en Venezuela.
“Los hechos que originaron el presente caso ocurrieron el año 2015 cuando un yate de vela con pabellón francés fue sometido a un control aduanero frente a las costas de Saint Martin (Antillas Francesas) y se consiguió en su interior 173,385 kilogramos de cocaína y tres armas”, prosigue el escrito.
Rabourdin fue capturado por autoridades venezolanas en el estado Anzoátegui y seguirá tras las rejas hasta que sea entregado a las autoridades de Francia.
A continuación el texto completo de la publicación del TSJ:
Fecha: 23 de octubre de 2017
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la extradición pasiva del ciudadano francés Christian Rabourdin, solicitado por la República Francesa, por los delitos de transporte no autorizado de estupefacientes, detención no autorizada de estupefacientes, y tenencia de arma de categoría B, previstos en la legislación del mencionado país europeo.
Indica la sentencia de la Sala, con ponencia de su vicepresidenta, magistrada Elsa Janeth Gómez Moreno, que a fin de garantizar plenamente los derechos del referido ciudadano, su extradición está supeditada al compromiso por parte de Francia que: a) No podrá ser juzgado por otros hechos distintos a los señalados en la solicitud de extradición, cometidos con anterioridad a la referida solicitud, y b) Se tome en consideración, para el cómputo de la pena, el tiempo desde la fecha de su detención en la República Bolivariana de Venezuela.
Los hechos que originaron el presente caso ocurrieron el año 2015 cuando un yate de vela con pabellón francés fue sometido a un control aduanero frente a las costas de Saint Martin (Antillas Francesas) y se consiguió en su interior 173,385 kilogramos de cocaína y tres armas. Posteriormente dicho ciudadano fue capturado por autoridades venezolanas en el estado Anzoátegui.
La decisión señala que se deberá mantener la medida judicial privativa de libertad impuesta a Christian Rabourdin, hasta que se realice la entrega del mismo a la República Francesa.