Acceso a la Justicia: Elecciones municipales son un nuevo ataque contra los partidos políticos

Acceso a la Justicia: Elecciones municipales son un nuevo ataque contra los partidos políticos

 

 





A casi dos meses desde que se celebraran unas cuestionadas elecciones presidenciales y de Consejos Legislativos en el país, el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció nuevos comicios de concejos municipales para el 9 de diciembre de este año.

En principio, Acceso a la Justicia recuerda que las elecciones de los concejales fueron diferidas de forma ilegal por intromisión de la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente (ANC), que decidió separarlas sin justificación jurídica de los comicios de alcaldes realizados el 10 de diciembre de 2017, quebrantando el artículo 2.2 de la Ley de Regulación de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales, el cual establece que la escogencia de alcaldes y concejales deben ser convocadas y efectuadas conjuntamente.

Más atropellos

Más allá de la convocatoria de la contienda electoral de los concejos municipales, lo interesante es que el CNE —una vez más— insiste en consolidar el ventajismo del Gobierno nacional al intentar arrebatarle inconstitucionalmente a los partidos políticos el ejercicio legítimo de su derecho a participar en los eventos comiciales (artículo 62 de la Constitución).

De acuerdo con el ente comicial, sólo treinta partidos expresamente convocados por el mismo CNE son los que estarían habilitados para participar el 9 de diciembre, una vez que estas organizaciones cumplan con el proceso de validación de manifestaciones de voluntad.

Entre las organizaciones llamadas a cumplir con el procedimiento establecido de validación, destacan Bandera Roja (BR), Gente Emergente (GE), Juventud Unida en Acción Nacional con Bimba (Juan Bimba), Movimiento Progresista de Venezuela (MPV), entre otras. Dichas organizaciones fueron canceladas por el CNE el año pasado (resolución n.° 170731-0228 del 31 de julio de 2017, y publicada en Gaceta Electoral n.° 865 del 13 de septiembre de 2017), porque no habían alcanzado el porcentaje de firmas requeridas en por lo menos doce entidades federales, conforme a lo que estableció el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de la Sala Constitucional (SC) en la controvertible sentencia n.º 1 del 5 de enero de 2016.

Con ocasión de este fallo, el ente comicial dio pie a un coctel de desafueros y atropellos a fin de deslegitimar a un número considerable de partidos políticos nacionales para, concretamente, impedir su participación en los comicios regionales y municipales celebrados en 2017 y, especialmente, en las pasadas elecciones presidenciales del 20 de mayo.

Acceso a la Justicia recalca que el CNE pretende obstaculizar el ejercicio de los derechos políticos de los venezolanos al no explicar las razones por las que convoca sólo a treinta partidos a validarse, y recuerda que la Constitución de 1999 y la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones son los únicos medios capaces de limitar o condicionar el ejercicio legítimo del derecho de asociación con fines políticos y el derecho a la participación política.

Esta dirección a la que apunta actualmente el CNE con miras a reducir ilegítimamente el número de partidos políticos en las elecciones de concejales y tener una oposición a su medida, se ve agravada por las palabras de la rectora principal Tania D’Amelio, a través de su cuenta Twitter el 13 de julio,  según las cuales “En las #EleccionesMunicipales2018 de Venezuela, podrán postular las organizaciones políticas nacionales y regionales que presentaron candidaturas en las Elecciones Presidenciales y Regionales del 20 de mayo pasado, y están impedidas de hacerlo las que se abstuvieron de postular”.

Ello, conforme a la decisión de la ANC publicada en la Gaceta Oficial n.º 41.308 de 27 de diciembre de 2017, que consideró ilegítimas a las organizaciones políticas que habían manifestado su intención de abstenerse de participar en las elecciones regionales y municipales de diciembre de 2017, una decisión que supone el rompimiento de principios y valores democráticos, entre ellos, la libertad y el pluralismo político que proclama expresamente la Carta Magna (artículo 2 y 6), sobre todo cuando la abstención es reconocida por la Sala Electoral (SE) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) como una “forma de expresar el sufragio”.

Las consideraciones antes descritas ponen en entredicho la legitimidad de la celebración de las próximas elecciones de concejales, pues existe una clara y sostenida intención del CNE de celebrar un proceso comicial con una acentuada reducción de organizaciones políticas, y quizás sólo con los partidos políticos que cuenten con el visto bueno del Gobierno nacional.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

La postura del CNE de cara a las venideras elecciones de concejales no sólo es una franca violación a las disposiciones expresas en la Constitución y la legislación electoral, sino que además supone una reedición de las arbitrariedades en las que se han visto envueltas las últimas contiendas celebradas en el país, lo que genera desconfianza entre los venezolanos.

Es indudable que el proceder del ente comicial sólo resulta favorable a los intereses del régimen autocrático y demagógico que actualmente rige en Venezuela. Esta trágica situación pareciera confirmarse a simple vista si atendemos a los abusos y atropellos que, de forma reiterada, han sido dados por el CNE, y que obviamente parecen revelarse en la próxima contienda de concejales municipales.