Las dificultades para la obtención de una cédula por primera vez, o para sacar una acta de defunción en Venezuela cada vez se intensifican más en Venezuela. La falta de papel de seguridad retrasa las gestiones fúnebres para los familiares, quienes deben esperar períodos de entre 5 y hasta 7 días para la emisión de un acta. Así lo reseña El Nacional.
Por Por JULIO MATERANO/ CRÓNICA.UNO | MARÍA ANDREINA PERNALETE
Zaira Medina Campo, directora del Hospital Ana Francisco Pérez de León II, explica que el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses tiene serias dificultades para emitir las planillas que certifican el fallecimiento. “Lo que se está haciendo ahora, como una medida paliativa, son unos documentos troquelados, que los deudos retiran en los respectivos distritos sanitarios y se entregan a los médicos para que certifiquen el deceso”, contó.
En el caso de las actas de defunción, las fallas se han agravado en las últimas seis semanas. A largo plazo, reconocen fuentes médicas, las planillas troqueladas, que por ahora sustituyen las actas convencionales, no dejan de ser un problema, pues no hay forma de construir el documento original una vez que se entierra el cadáver.
“Se necesitan las huellas del difunto y el aval del médico de turno para certificar las causas del fallecimiento, algo imposible de hacer por razones obvias”, reconoce una fuente del Ministerio de Salud que asegura que solo en el Hospital Pérez de León aguardan 15 cadáveres a las espera de un certificado que de luz verde a los familiares para el sepelio.
Aun cuando en marzo, la rectora principal del Consejo Nacional Electoral Tania D’Amelio formalizó la simplificación del proceso para el registro de actas de defunción, el trámite no deja de ser accidentado. En esa ocasión, D’Amelio dejó en claro que no se solicitarán fotocopias de las actas de matrimonio, unión estable ni partidas de nacimiento de los hijos del difunto. “El CNE publicó en Gaceta Oficial N° 41.094, del 13-02-17, la Resolución 161219-274, referida a los requisitos para extender las actas de defunción, dejando sin efecto la solicitud de fotocopias de las actas de matrimonio, de unión estable de hecho y de nacimiento para hacerlo”, escribió en su cuenta de Twitter.
La rectora además indicó que las actas de defunción serán valoradas solo por el documento “demostrativo de fallecimiento de la persona”. No obstante, hoy existen otras trabas que ralentizan el proceso y tiene que ver con la ausencia de materiales en los registros. Al problema de la tinta y el papel, dos recursos que escasean en las oficinas públicas se le adhieren la falta de personal y no en pocas ocasiones la intermitencia de los servicios básicos. En el Registro de Santa Rosalía, por ejemplo, los deudos denuncian problemas de logística. “Esa gente trabaja con las uñas. No tienen material de oficina y los familiares deben llevarlo todo. A veces no hay ni para una copia. Es realmente indignante porque el Estado pone a los familiares que esperan enterrar a sus muertos en una situación difícil, en un momento duro”, dice Adolfo Díaz, gerente de una compañía de transporte fúnebre de Caracas.
En la práctica, el exhorto formulado por el CNE a valorar el acta de defunción única y exclusivamente como documento demostrativo del fallecimiento de la persona, no exime a los familiares de gestiones de última hora. Quienes hacen vida en los despachos del Registro Civil, admiten que tienen problemas con los insumos. Las fallas ponen en cuestión un servicio que, para los registros de actas de defunción, tendría que ser expreso y en algunos casos toma una jornada entera.
Más trabas dificultan el derecho a la identidad
Frecuentes denuncias se replican en las redes sociales, donde los usuarios del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería dejan constancia de las dificultades que encuentran para completar ese trámite. El 30 de julio, el Saime emitió un comunicado donde señalaba que se había suspendido en todo el país el procedimiento debido a fallas en el sistema, específicamente para la verificación de la huella dactilar.
Fernando Pereira, activista a favor de los derechos de los niños y adolescentes de la ONG Cecodap, resalta la gravedad del problema. En su opinión, impedir a un niño la posibilidad de contar con su cédula de identidad oportunamente es un acto de discriminación y pone en riesgo el cumplimiento de derechos como el acceso a la educación y el libre tránsito y movilidad, garantizados en la Constitución y tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, así como la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y la Ley Orgánica de Identificación. Esta última establece la cédula de identidad como documento principal de identificación para procesos civiles, mercantiles, administrativos, judiciales y en todos los casos que demande la ley.
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