En una extensa entrevista con el PanAm Post, el profesor venezolano en Harvard, José I. Hernández, conversó con Orlando Avendaño sobre la urgencia —o intrepidez— de formar un Gobierno de transición en Venezuela y la necesidad de buscar que los militares dejen de obedecer a Maduro.
Por lapatilla.com
Se empieza a hablar del 10 de enero como el próximo gran momento. El día en que los astros favorecerán a quiénes quieran rescatar la libertad en Venezuela. Pero también lo fue el 20 de mayo, el 30 de julio del 2017 y muchas fechas antes de esas. Días sobre los que se crean unas expectativas que, al final, solo terminan en un tajante desengaño al venezolano.
Ahora hay varias discusiones al mismo tiempo. También, se empieza a distinguir a una sociedad hastiada, que padece la orfandad de una clase política que solo se reduce a constantes y estériles disputas internas. Contiendas fútiles que sacrifican el valioso tiempo de quienes mueren de hambre y sufren en las terribles mazmorras. Hay nombres claves que empiezan a surgir al momento de plantear la urgencia de acelerar el desenlace. Y, aunque gozan del mayor prestigio, terminan sumidos en la incansable discordia que, más allá de servir como colador de cómplices, se convierte en desmoralizador de una ciudadanía que, ahora como nunca, debería andar revirando.
José Ignacio Hernández es un hombre brillante; por lo que, precisamente para tratar de despejar la maleza, PanAm Post se sentó a conversar con él. Ya articulista de referencia a la hora de analizar el proceso jurídico del momento en Venezuela, el doctor en derecho, profesor universitario en prestigiosas universidades caraqueñas y visiting fellow en la Universidad de Harvard, habló sobre el próximo gran momento que tienen los venezolanos en el horizonte, la necesidad de formar un Gobierno de transición y la urgencia de alterar el deber de obediencia de quienes ejercen una influencia determinante en el régimen de Nicolás Maduro.
Fue una conversación sin frases presuntuosas. Informal. José Ignacio Hernández lo es. Desaliñado y bastante manso, sorprende con una erudición que no parece corresponder a los pocos años que aparenta. Pertenece ahora a Massachusetts, donde fue la entrevista. En un pequeño café —pero bastante concurrido— de Brookline, un pequeño pueblo colindante con Boston que, según dice el profesor, sorprende de sus habitantes un patriotismo necio.
Aunque la discusión es extenuante, y a veces demasiado compleja, al final José Ignacio Hernández busca la forma de volverla potable. Y, entonces, uno comprende que no es tan disparatado ejecutar sus propuestas. Que lo que dice tiene sentido y que, eventualmente, los venezolanos lograrán rescatar su libertad.
¿La próxima gran oportunidad que tienen los venezolanos para salir de la crisis, será el 10 de enero?
Depende…
¿De qué?
El 10 de enero es una fecha que solo tiene relevancia constitucional. Pero, lamentablemente, la situación en Venezuela hace ya mucho tiempo dejó de ser una cuestión que pueda resolverse exclusivamente acudiendo al derecho constitucional.
Es importante el 10 de enero porque ese día comienza un nuevo período presidencial; el presidente electo debe tomar juramento ante la Asamblea Nacional y no hay presidente electo. Porque Nicolás Maduro no ha sido electo en un proceso electoral que cumpla con los estándares internacionales y de derecho constitucional venezolano.
El evento —como lo llamo yo— del 20 de mayo, no fue más que un fraude. Fue un evento político que ha sido desconocido por la Asamblea Nacional y por más de cincuenta países. Por lo tanto, no hay presidente electo. Y, como no lo hay, se plantea un vacío en el cual la Asamblea Nacional tiene la legitimidad constitucional para llenarlo.
Y el método es muy sencillo: el presidente de la Asamblea tiene que juramentarse como presidente encargado hasta que se realicen elecciones; sin embargo, sería iluso pensar que basta esa decisión de la Asamblea para que se produzcan los cambios. Porque en Venezuela no hay Estado de derecho —¡incluso, yo soy de los que piensa que ya ni siquiera hay un Estado moderno!—.
Entonces, básicamente el 10 de enero puede ser una oportunidad sí, y solo sí, se construye en torno a esa fecha un hito político que, acompañado con una fundamentación constitucional, permita promover un cambio político.
Con un “hito político” se refiere a…
Porque la gran pregunta es: ¿cómo salimos de (Nicolás) Maduro? Yo creo que al final eso es lo que le interesa a los venezolanos. Saber eso. Y yo creo que ahí, como dice Ricardo Hausmann, uno tiene que entender la naturaleza del problema.
Entonces, ¿cuál es la naturaleza del problema? —o, dicho en otros términos, ¿cuál es la naturaleza del régimen de Nicolás Maduro?—. Como el régimen de Maduro no es una democracia, sino un autoritarismo, pudiésemos decir, como en Venezuela no hay Constitución, ni Estado de derecho, ni un monopolio, que la única manera de resolver la crisis es rompiendo el deber de obediencia. Es decir: que los funcionarios, civiles y militares, que hoy obedecen a Maduro, decidan desobedecer a Maduro y obedecer a un nuevo Gobierno.
Entonces, la gran pregunta es: ¿cómo logramos que los funcionarios, civiles y militares, que serían el gran soporte del régimen de Maduro, lo desobedezcan y obedezcan a una autoridad legítima? Eso se puede lograr, eventualmente, a través del 10 de enero. Pero lo importante, para que se produzca ese cambio en el deber de obediencia, tiene que haber un movimiento político con la suficiente contundencia como para crear los incentivos necesarios para que los funcionarios, que hoy obedecen a Maduro, decidan dejarlo solo y, en consecuencia, respaldar a la Asamblea Nacional o a un Gobierno de transición.
Cuando habla de un movimiento político, es que se trata de darle una alternativa a los funcionarios…
Claro, claro. ¿Cómo caen las dictaduras? Es muy sencillo. Eso lo explicó Gene Sharp: la esencia del poder político es el deber de obediencia. Esa idea de que hay un gobernante totalitario y absoluto que lo controla todo es descriptiva, pero es una idea falsa —ni siquiera los monarcas absolutos tenían poder absoluto, porque un gobernante siempre requiere de la burocracia—.
Maduro no gobierna totalmente el país. Eso es mentira. Maduro necesita funcionarios civiles y militares que cumplan sus órdenes. Entonces, la pregunta es: ¿cómo hago para que esos funcionarios dejen de obedecer a Maduro? Necesito un movimiento político que cree incentivo. Como dicen los americanos: carrot and stick. Es: yo necesito elevar el costo de obediencia a Maduro… Tú, funcionario, quieres obedecer a Maduro…
El garrote…
¡El garrote! Sanciones internacionales, sanciones morales, etcétera, etcétera… Pero, tengo que darle el carrot. Además, yo te voy a dar incentivos para que tú desobedezcas a Maduro y me obedezcas. Eso es lo que yo llamo movimiento político, que es la única manera en la que creo que vamos a poder salir de Nicolás Maduro hacia un proceso que permita la democratización del país.
Entonces, ¿el proceso que propondría sería: que se forme una alternativa al régimen de Maduro que permita a los funcionarios elegir entre, o respaldar a la dictadura o a esta alternativa, y que esta otra opción, para captar a los funcionarios, les ofrezca las zanahorias?
Sí, y creo que en Venezuela ha habido una mala interpretación de la desobediencia civil. Ha sido completamente mal interpretada. Incluso su fundamento normativo, porque suele citarse el artículo 350 de la Constitución, que es una norma que en realidad está muy contaminada con el proceso chavista con el cual se hizo la Constitución del 99.
Creo que la clave es el artículo 333. Y, la diferencia no es baladí. La desobediencia civil, por definición, es meramente pasiva: “Yo no obedezco a un régimen que es tiránico”.
Ejemplo: estamos en Boston, el régimen tiránico me impone un impuesto sobre el té; yo, decido, no pagarlo. Sin embargo, acá en Boston —y fíjate que el ejemplo está muy bueno— se dieron cuenta de que la desobediencia es una cara de una moneda. Hay que ver la otra cara. No solo hay que desobedecer. Es que tú tienes que obedecer a alguien. Porque el proceso político requiere de conducción. La desobediencia es pasiva —yo no pago el té, yo no pago el impuesto al té; yo no obedezco las leyes de la Asamblea Constituyente, yo no voy a votar porque considero que las elecciones son fraudulentas…
¡Yo no reprimo!
Pero, eso es insuficiente. Entonces, en Boston, que fue donde empezó la revolución norteamericana, se dieron cuenta de que hay que desobedecer y hay que obedecer a una autoridad, legítima, que pudiese conducir el proceso político.
Entonces, en Venezuela, nos hemos quedado con la mitad de la película. Desobedecemos al régimen de Maduro, lo desconocemos —y yo digo echando broma que Maduro debe tener un récord en el libro Guinness como el gobernante más desconocido; lo hemos desconocido, pero sigue allí—. La pregunta ahora es: ¿a quién vamos a obedecer?
Es cierto. Lo hemos desconocido. Las instituciones, legítimas, lo han desconocido. El Tribunal Supremo de Justicia en el exilio, la Asamblea…
¡Y la fiscal! ¡Y la comunidad internacional!
Sí, pero… A ver. Hay una incoherencia, que se presenta, y que de repente podría sabotear esa intención de volverlo a desconocer. No todos los actores se han puesto de acuerdo. Y con esto me refiero a: el año pasado, la Asamblea Nacional declaró el abandono de cargo —y se supone que, desde entonces, Maduro no era presidente—; luego, con la Constituyente, lo desconocieron; y en ese momento se volvió a ratificar: “No, es desde ahora que Maduro no es presidente”. Luego se dieron las falsas elecciones de mayo de este año y se dijo: “Es desde ahora que Maduro no es presidente”. Y la próxima gran fecha será el 10 de enero. Y se dice, que desde entonces, será cuando Maduro no sea presidente. Le pregunto: ¿esta no es una falta de coherencia terrible que sabotea ese plan de desconocer próximamente a Maduro, cuando se supone que ya la comunidad internacional —que es la que importa— lo hizo?
De nuevo: yo creo que el problema en Venezuela ha sido que no se ha entendido bien qué significa desconocer a Maduro. Porque a eso tú tendrías que sumarle —y por eso yo bromeaba con lo del récord Guinness— el enjuiciamiento de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia en el exilio. Es algo que, desde el punto de vista jurídico, es absolutamente dantesco. Fíjate tú nada más el panorama —y me voy a limitar a los eventos recientes—: se declara el abandono de cargo, por lo cual, en estricto sentido jurídico, Maduro cesó como presidente; entonces después el Tribunal Supremo de Justicia en el exilio promueve un antejuicio de mérito contra Maduro, pero reconociendo que él es presidente. Porque yo solo puedo hacer antejuicio de mérito a quien es presidente. Entonces yo digo: “Pero ya va, cómo usted le va a hacer un antejuicio de mérito a alguien que ya ha sido cesado por la Asamblea”. ¡Y lo vuelven a cesar!
Pero antes del mismo antejuicio de mérito ya la Asamblea había tomado decisiones, o tenido discusiones, que lo trataban, a Maduro, como presidente. Que suponían su existencia.
¡No! Bueno, pero es que ya va. ¡Ese es el problema con el desconocimiento! Maduro es presidente de Venezuela. Yo digo esto y la gente se molesta. Pero está ahí. O sea, ¡prende la televisión! Por eso le digo yo a mis alumnos: oreja de cochino, rabo de cochino, hocico de cochino… ¡Es cochino! Tú prendes la televisión y yo veo a un señor en el palacio presidencial, vestido como presidente, con la banda presidencial, hablando como presidente, dando órdenes que se cumplen… Ese señor es presidente. Es presidente de facto. Pero es presidente…
Ilegal e ilegítimo.
Sí, pero es presidente. Entonces cuando uno habla de desconocer, tú no puedes decir: “Voy a desconocerlo”; y hacer como si él no existiera. No, no. El tipo existe. Ahora, el punto a donde yo voy: en relación con el período 2013 – 2019, todo lo que podía hacerse, desde el punto de vista constitucional, se hizo. Y lamentablemente no se produjo el resultado, que era desalojar a Maduro de la presidencia.
Entonces en este momento, al día de hoy, como profesor de derecho público a mí me cuesta mucho tratar de analizar esto desde un punto de vista objetivo —porque es una situación inédita—.
Tienes un señor que fue electo presidente. Su legitimidad comenzó a ser minada, lo cesa del cargo la Asamblea Nacional, lo restituye el Tribunal Supremo de Justicia ilegítimo, lo vuelve a enjuiciar el Tribunal Supremo de Justicia en el exilio… Entonces, ya llega un momento en el cual el grado de confusión es tal que es difícil saber en qué punto jurídico estamos. ¡Y es que tampoco es necesario saber en qué punto jurídico estamos! Maduro es presidente, hoy, de facto…
Disculpa que le interrumpa. Pero creo que hay algo, que si bien todos los procesos se han cumplido, incluso chocando entre ellos mismos, creo que uno que es el que ha debido ser el que proceda a cada una de esas decisiones de las que me hablas… Luego del abandono de cargo algo se debió haber hecho, que no se hizo; luego de declarar que Maduro era ilegal, por la Constituyente, se debió haber hecho algo, que no se hizo; igual que luego del 20 de mayo; que es…
Suplir la ausencia.
Exacto. Llenar ese vacío. Y eso le correspondió, siempre, a la Asamblea.
¿Pero cómo lo suples?
Designando a alguien.
Pero estamos hablando de un plano jurídico que no tiene aplicación en la práctica. Entonces, cuando a mí me plantean eso, ya va, hay que entender la naturaleza del problema. Si la naturaleza de mi problema es jurídica, yo voy a buscar una solución jurídica; y claro, el problema que había es que si yo analizaba esto jurídicamente, yo entraba en un loop.
Si voy a hablar en términos estrictamente jurídicos, ocurre lo siguiente: si el presidente es cesado, por enjuiciamiento, abandono de cargo o lo que sea, automáticamente ocurre lo siguiente: sube el vicepresidente y se convierte en presidente hasta el término del período. Entonces no solucionaba el problema político. Si Maduro fue cesado jurídicamente en enero de 2017, el vicepresidente se convertía en presidente de jure. Eso: i) no pasó y ii) a mí no me resuelve el problema político.
También, si por una razón jurídica que desconozco —porque es muy difícil darle a esto un sentido jurídico estricto— Maduro, que ya había sido cesado, fue de nuevo cesado por el antejuicio de mérito del Tribunal Supremo de Justicia en el exilio, de nuevo quien subió fue el vicepresidente. Entonces allí tengo un loop. No voy a solucionar el problema. Porque ni el abandono de cargo ni el antejuicio, jurídicamente, son mecanismos que me permitan cambiar al Gobierno. Son simplemente mecanismos que me permiten sacar al presidente, pero preservando el Gobierno. Entonces, quito al presidente, el vicepresidente sube, y todo sigue igual… Eso no es lo que queremos.
Porque no hay Estado de derecho.
No, no solo porque no hay Estado de derecho… Porque si la solución hubiese sido jurídica, esa es la solución jurídica.
Pero…
Perdóname… Y si cesaba el vicepresidente, asumía su vicepresidente. ¡No hay manera, jurídicamente, utilizando el abandono de cargo o el antejuicio de mérito, para designar un nuevo presidente!
Ok. El problema no es jurídico y la solución no puede ser jurídica…
No puede ser solamente jurídica…
Porque es un problema político…
Es un problema de hechos. De facto y, por lo tanto, político.
¿Las instituciones legítimas, que se limitan a este margen jurídico, pueden tomar decisiones políticas?
Es muy buena esta pregunta.
No hay tal cosa como un problema estrictamente político en el derecho constitucional. El derecho constitucional puede ser definido de muchas maneras pero, en términos muy sencillos, es la política conducida a través del Estado de derecho. Pero son decisiones políticas. Siempre son decisiones políticas que se toman.
Obviamente un Tribunal Supremo de Justicia solamente puede tomar decisiones políticas al momento de resolver una controversia. Pero al final un Tribunal resuelve controversias sobre el poder, y por lo tanto es político.
Pero, más allá de la distinción entre política y solución política, acá, para hacerlo académicamente comprensible, lo que importa es: la diferencia entre el mundo de derecho de jure y el mundo de los hechos de facto.
En un Estado de derecho, el mundo de jure coincide con el mundo de facto porque las soluciones jurídicas que se toman pueden ser implementadas en la práctica. Tomemos el caso de Brasil: acá había un Estado de derecho, el poder legislativo cesa al presidente a través de mecanismos jurídicos, pero eso se traduce en un hecho. Lo jurídico de jure coincide con el hecho de facto.
Ahora, cuando se rompe el Estado de derecho, tú creas una muralla entre el mundo de facto y el mundo de jure. Creas una barrera donde las instituciones, que tienen poder jurídico (Asamblea Nacional, Tribunal Supremo de Justicia, Fiscalía General), no pueden aplicar en los hechos sus decisiones. Entonces es un error, en ese contexto, seguir insistiendo con discusiones meramente jurídicas porque eso solo complica mucho más el panorama.
Y fíjate del ejemplo que tenemos: hay un presidente que fue sacado, repuesto, enjuiciado… Tienes una cantidad de decisiones jurídicas que se solapan una con la otra, pero tú estabas jugando de este lado del campo, cuando había una muralla gigantesca que te impedía trabajar en los hechos. Y el venezolano común, cuando ve esa pelea jurídica, y voltea, ¿qué ve en la calle? Pues que Maduro sigue allí. Que la Constituyente es todo lo ilegal que quieras, pero sigue allí. La gran pregunta hoy en Venezuela es: ¿cómo puedo hacer yo para saltar esa muralla y actuar en el plano de los hechos?
Ya sé que con solo decisiones jurídicas no lo voy a poder hacer. Porque, de nuevo, agoté todo lo que podía agotar (enmienda constitucional, modificación del Tribunal Supremo de Justicia, rescate de las condiciones electorales, referendo revocatorio, abandono del cargo, antejuicio de mérito). Y es lógico, porque el muro te lo impedía. Y si tú vienes y me dices: “José Ignacio, yo tengo esta gran solución jurídica”. Y me la explicas; yo te diré: “Suena muy interesante, pero vas a seguir de este lado del muro”. Y no vamos a poder traspasar el muro hasta que no entendamos que tenemos que actuar por la vía de los hechos con un respaldo jurídico.
Por eso es que yo digo que el 10 de enero, si lo enfoco de este lado del juego, va a ser una solución jurídica. Es muy sencillo para la Asamblea designar un nuevo presidente. Eso lo hace mañana. Ahora, tratemos de imaginar qué pasaría: la Asamblea Nacional juramenta al presidente como encargado; y el destino de ese presidente encargado, en el mejor de los casos, es la cárcel. O, como decía Hausmann, que lo lancen de un piso 10. Igual que todos los diputados: la cárcel o que lo lancen de un piso 10. ¿Eso va a producir un cambio en los hechos? No. Entonces, yo levanto la mano y pregunto: “¿Para qué se va a tomar esa decisión?”. Para que esté yo mismo complicando mi existencia con un discurso jurídico que no va para nada…
Necesito actuar por los hechos, pero con una legitimidad. ¡Atención! Yo no puedo actuar por los hechos sin legitimidad. ¿Y por qué la necesito? Por razones pragmáticas. Porque la comunidad internacional no creo que apoye ninguna solución que no tenga una apariencia de constitucionalidad. Y por eso el 10 de enero puede ser una oportunidad: porque tengo un piso jurídico; pero lo importante es cómo utilizo ese piso jurídico para montarme sobre él, saltar la muralla y actuar en los hechos y hacer que Nicolás Maduro salga de Miraflores. Porque hasta que yo no logre eso tú podrás tener acuerdos, sentencias y decisiones…
Pero, entonces acaba de desmontar toda su propuesta de que la Asamblea debería llenar el vacío para construir una alternativa.
¡No! Es muy buena pregunta. ¡No! Lo que yo quiero evitar es que alguien diga: “Ah, es que la solución es que la Asamblea designe un presidente y se acaban nuestros problemas”. Yo levanto la mano y digo: “No, porque la gran pregunta es cómo vamos a ejecutar esa decisión”. Y te digo: ya hemos tomado muchas decisiones jurídicas que, al no poder sido ejecutadas, solo generan costos que superan los beneficios.
Entonces, ¿cómo aprovecho el momento constitucional del 10 de enero? Y hay una gran ventaja. Muchos me han criticado diciendo: “Es irresponsable de tu parte diferir la decisión hasta el 10 de enero porque Maduro ya es ilegítimo”. Y yo digo: “Ya va, dos cosas: i) yo no estoy proponiendo diferir nada; estamos a 9 de diciembre… Y ii) no importa, para este fin, el pasado porque el punto es que no hay presidente electo”. Mi punto no es que Maduro va a ser ilegítimo a partir del 10 de enero. No, no. Olvídate de que pasó eso. Es que el 10 de enero la Asamblea Nacional tiene que estar esperando que entre un presidente electo. Y no va a ocurrir. Allí hay una gran oportunidad constitucional. El gran reto es: ¿cómo utilizar esa oportunidad para armar una estrategia política que me permita saltar el muro, incidir en los hechos y desalojar a Maduro de Miraflores?
Están las decisiones jurídicas, que sabemos que jamás trascenderán, pero, ¿la Asamblea pudiera tomar una decisión política que se salga de lo establecido constitucionalmente? ¿Puede ser una decisión que no sea convencional, heterodoxa?
¡Sí! Muy buena pregunta. Excelente. ¿Qué pasa cuando la Constitución pierde vigencia por la vía de los hechos, que es el caso en el cual estamos? Aquello ocurrió cuando se instaló la Asamblea Constituyente y ella dijo que sus decisiones prevalecen sobre la Constitución. En ese momento se consolidó un largo proceso en el que la Constitución del 99 fue derogada de facto. En Venezuela no hay Constitución. Entonces, si no hay, a mí nadie me puede venir a decir: “Es que la Asamblea no puede hacer tal cosa”, “es que José Ignacio no puede decir tal cosa porque viola la Constitución”. Yo levanto mi mano y digo: “¿Cuál Constitución viola? Porque la Constitución perdió vigencia por la vía de los hechos”.
Allí hay una norma, que es el artículo 333 de la Constitución. El artículo establece que cuando la Constitución perdiere vigencia, por la vía de los hechos, todo ciudadano, tenga o no autoridad, está obligado a restaurarla.
Y no se explica cómo.
Es que sería un contradecir explicar cómo. Porque si tú estableces un procedimiento, ¿cómo lo aplicas si esta ya fue derogada?
O sea que todo entra dentro de ello.
El único límite es el derecho internacional de los derechos humanos. Yo no puedo decir: “Bueno, para salir de Maduro hay que cometer un genocidio”. No, no. “Para salir de Maduro hay que matarlos a todos”. No. Es el límite de los derechos humanos. Pero, más allá de eso, no hay ninguna limitación en la Constitución.
Porque lo que quiere el 333 es algo como… Mira, yo lo explicaba en clases: es como esa caja de emergencia cuyo vidrio debes romper para sacar tal herramienta… Eso es el 333. ¿Y tú qué haces? Puedes hacer cualquier decisión que en los hechos… Porque, ya va, fíjate tú cómo sucede: ahora, por este muro que se alzó, tú solo puedes actuar en los hechos. Yo tengo que saltar el muro…
¿Tú has visto Stranger Things? ¿La serie?
¡Claro! ¿Al upside down?
Exacto. Al mundo de abajo. Entonces, tengo que ir a ese mundo, actuar de facto, pero con legitimidad constitucional —esa es mi gran diferencia, porque Maduro actúa de hecho sin legitimidad constitucional—. Y restauro la vigencia de la Constitución. Entonces, ¿qué puede hacer la Asamblea Nacional? ¡Todo lo necesario, pero que no viole los derechos humanos!
¿Puede crearse una junta de Gobierno? Sí. ¿Puede crearse un Gobierno en el extranjero? Sí.
Entonces, suplir la ausencia de Maduro no debería subordinarse al proceso establecido, legalmente, para ello.
¡Pero es que no! Y, con el respeto a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia. Tampoco me van a decir a mí que van a actuar en el mundo upside down con una sentencia. ¡Qué es eso, hermano! Eso es un error. Porque estamos jugando de este lado. Y además jugamos así, pero complicándonos nosotros mismos con una discusión jurídica bizarra.
Y te lo digo como un profesor de derecho constitucional, que aprecia el derecho, y que entiende que la solución tiene que ser encaminada hacia la constitucionalización de Venezuela.
Pero el gran reto es cómo desalojo a Maduro del poder. Y, ¿cómo puedo lograr eso? Cambiando el deber de obediencia. Que los funcionarios empiecen a obedecer a, bueno, la Asamblea, el Tribunal, el presidente… Al Gobierno en el exilio. Al Gobierno de transición, a la Junta.
Ok, todo esto suena excelente. Sensato. Pero hay un problema: la Asamblea podría tomar una decisión política, que no se ciña a estos procesos constitucionales —y además están en la obligación de hacerlo, porque el artículo 333 obliga al ciudadano a tomar cualquier decisión que ellos consideren que sirva para restablecer la Constitución—… Pero, ¿cree que lo van a hacer?
Yo no predigo el futuro.
Pero, a ver, especulemos un poco. Tomando en cuenta el comportamiento que ha tenido la Asamblea Nacional, que ha dilatado decisiones que tuvieron que haberse tomado, y que quizá fueron decisiones jurídicas —que si, quizá no hubieran trascendido; pero cuando nosotros decimos que todo se cumplió, ¡es mentira! No todo se cumplió. Por ejemplo: jamás se designaron a los rectores del Consejo Nacional Electoral o hubo discusiones que se eludieron. Entonces, tomando en cuenta todo esto, ¿cree genuinamente que la Asamblea, para el 10 de enero, va a tomar una decisión política sobre esto que hablamos?
La verdad, no tengo ni idea. Para serte franco. Y, de nuevo, yo creo que mi labor no es predecir el futuro porque es demasiado complicado. Es indicar cuál es el deber ser y qué es lo que tiene que hacer la Asamblea Nacional. Que no solo es la Asamblea Nacional, además, porque el 333 impone su obligación a todo ciudadano. Incluyendo los funcionarios.
Entonces, también aquí creo que hemos incurrido en un error de sobreestimar la Asamblea Nacional. Y pudiéramos considerar cuál es el origen de ese error. Porque los propios diputados generaron expectativas que luego no pudieron cumplir. Hubo un problema de comunicación, de narrativa, no lo sé. Y a veces siento —y tu pregunta lo revela— que «es la Asamblea la que tiene que…». Entonces, claro, cuando oigo eso… ¡Es la Asamblea en la práctica! Y, ya va, yo estuve hasta el año pasado yendo a la Asamblea Nacional. Esa es una institución precaria. Recuerdo, estando allí, los primeros días de enero, de 2016, la Asamblea fue sitiada por una horda de chavistas que lanzaba cabillas. Yo estaba adentro y no podíamos salir. Y la Guardia Nacional nos dijo: “No les podemos asegurar la seguridad”. Y tuvimos que salir, bueno, encomendándonos a Dios.
¿A esa pobre Asamblea, que no puede ni asegurar su instalación, con los diputados perseguidos, le vamos a poner todo el cargo de “ella es la que tiene que…”? Pero yo digo: “Viejo, es que no lo va a hacer”.
Y la respuesta a tu pregunta en parte es…
Entonces no cree que lo haga.
No lo sé, pero, es que, ni queriéndolo lo va a poder hacer. Entonces allí la Asamblea Nacional va a tener que tomar una decisión sensata que es muy difícil en Venezuela. Se trata de tomar una medida que sea efectiva y razonable en términos costo – beneficio.
Porque nombrar a un presidente, y que ello derive en más persecución, asesinato y exilio, yo levanto la mano y digo: “Prefiero no hacerlo”. ¡Entre dos males, el menor! ¡Santo Tomás! Para qué vamos a hacer algo que no podamos ejecutar y cuyo costo será inmenso.
Quizá la Asamblea Nacional, hoy, esté haciendo ese cálculo. Nombrarlo es muy sencillo. Por acuerdo y ya está. Pero hay una gran diferencia, y lo digo con respeto, entre los magistrados del Tribunal Supremo designado por la Asamblea, y los diputados: todos los magistrados están afuera. Y si tú y yo somos Tribunal Supremo, acá en este café firmamos la sentencia.
¿Pero eso más bien no le da a ellos una ventaja sobre los diputados? A ver, profesor, ¿usted considera que los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia en el exilio gozan de toda legitimidad?
Fueron designados por la Asamblea Nacional, claro.
¿Y pueden funcionar afuera como un Tribunal Supremo?
Eso es disputable jurídicamente. Pero, pero…
Ok, la discusión no es jurídica…
Exacto. No hay que tener esa discusión.
Se pueden reunir tres tipos, en representación del Tribunal, y tomar una decisión política…
Pero claro, claro. ¡Y tienen legitimidad!
Ahora, suponiendo —y yo no creo que lo hagan, sinceramente— que la Asamblea evada su responsabilidad…
¿Cuál responsabilidad?
La de suplir el vacío.
Pero es que, no sé si lo hagan o no, te estoy diciendo que es que yo lo desaconsejaría. Porque, ¡¿para qué?! ¿Vas a nombrar de presidente encargado a un diputado, para qué? ¿Para que al día siguiente aparezca muerto y los demás perseguidos? ¿Qué logramos? Más bien, por el contrario. Estamos generando una expectativa que no vas a poder cumplir. ¡En política eso es lo peor! Agarra cualquier curso de liderazgo político. Regla número uno: no hagas ninguna promesa que no estás en capacidad de cumplir. Y sería irresponsable de la Asamblea Nacional designar un presidente encargado si los diputados no tienen la estrategia clara y de cómo llevar a ese presidente encargado a que se siente en la silla de Miraflores. Y si esa estrategia no está clara, mi consejo como abogado de la Asamblea es que no tomen esa decisión porque usted va a estar, de nuevo, generando una discusión de este lado.
Será una decisión bizarra. Que si no es el presidente o si sí lo es. Se va a meter el Tribunal Supremo de Justicia en el exterior a decir: “Ahora soy yo el que lo va a designar”… Imagínate tú ese desastre. Peleando nosotros de este lado jurídico y, mientras estamos en esta disputa inútil, del otro lado, en los hechos, Maduro sigue en el poder y la tragedia sigue.
Mencionó lo que le iba a comentar: si la Asamblea no lo hace, porque no sería lo aconsejable…
Supongamos que no lo hace y ya.
¿Siendo el Tribunal en el exilio la otra gran institución legítima, por el artículo 333 no tiene la obligación de hacerlo?
Sí, sí claro. Pero incluso tú. Tú eres venezolano.
Pero yo no represento ninguna institución.
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