Para el alcalde metropolitana de Caracas, Antonio Ledezma, en vista de la dimensión de la catástrofe humanitaria que impera en Venezuela, atrapado por una narcotiranía, un régimen fallido, debe aplicarse el principio de Intervención Humanitaria para salvar a Venezuela y se justifica el desarrollo del Concepto de Responsabilidad de Proteger. Así como activar por parte de la Asamblea Nacional el artículo 187, numeral 11 de nuestra Carta Magna. Considera que no hay mas espacio ni más tiempo, los terribles atropellos contra la población provocados por el régimen madurista el 23 de febrero así lo determina.
El alcalde Ledezma insiste que sus planteamientos siempre han estado enmarcados en un discurso sin variación y el respeto a las criticas recibidas, por eso recuerda que la democracia en que cree, la verdadera, opinar y disentir son derechos irrenunciables, por eso considera que la libertad de expresión se enriquece con debates, como aquellos del 2 de febrero de 2014 cuando propusieron La Salida. Igualmente, cuando en abril de ese mismo año razonaron y explicaron porque no asistieron al “dialogo” convocado por Maduro el 10 abril de ese año en Miraflores, así como cuestionaron el proceso de “dialogo” en Dominicana.
También recuerda Ledezma como insistieron en 2016 en que la agenda urgente a ejecutar en la recién elegida Asamblea Nacional, debería ser designar nuevos Magistrados y Rectores del TSJ y CNE respectivamente. Sostiene igualmente que en 2017 impulsaron la épica jornada cívica del plebiscito del 16 de julio y cuestionaron la irrita Asamblea Nacional Constituyente que se dio a su antojo el dictador. Asi como igual cuestionaron la idea equivocada de participar en las fraudulentas elecciones regionales de agosto de ese año y en las presidenciales del 20 de mayo de 2018.
También recuerda el alcalde Ledezma que en febrero de 2015 presentaron un proyecto de Gobierno de Transición y Unidad Nacional, conjuntamente con María Corina Machado y Leopoldo López porque avizorábamos la tragedia que venía para nuestro país. Igualmente en diciembre pasado defendimos la tesis de que Juan Guaidó, al asumir la Presidencia del Parlamento sería automáticamente Presidente interino de Venezuela por la falta de legitimidad de origen del segundo mandato de Maduro, según artículo 233 de la Constitución Nacional.
“Y hoy responsablemente estamos ratificamos nuestra convicción de que, vista la dimensión de la catástrofe humanitaria que impera en Venezuela, atrapado por una narcotiranía, un régimen fallido, debe aplicarse el principio de Intervención Humanitaria para salvar a Venezuela y se justifica el desarrollo del Concepto de Responsabilidad de Proteger. Así como activar artículo 187, numeral 11 de nuestra Carta Magna.
Nota de Prensa