El Sistema de justicia en Venezuela le ha declarado la “guerra” a los DDHH, así lo manifestó el ex parlamentario abogado defensor de DDHH y coordinador de la defensa por los derechos civiles, Rafael Narváez.
Algo tan sagrado como el debido proceso establecido en el art. 49 CRBV que constituye garantías judiciales intocables en un estado de derecho y sistema democrático hoy día luce de adorno para el TSJ y el Ministerio Público causando un alto grado de indefensión para quienes son víctimas de abusos policiales, detenciones arbitrarias, y que luego son objetos de tratos crueles, inhumanos y degradantes y torturas dentro de los centros de reclusión como es el caso lamentable de los presos políticos.
Ya la incomunicación, el aislamiento, el ocultamiento de los detenidos, la presentación ante los tribunales en forma clandestina, la imposición de defensores públicos y el traslado como “oferta engañosa judicial” (porque la audiencia siempre se suspende), es ya una política pública de vejaciones tanto para el familiar como la defensa técnica que aplica el estado. Tanto el ministerio público como el poder judicial están en conocimiento y obligados a respetar y hacer que se cumpla el debido proceso.
La defensa jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación del proceso, garantía esta que no se cumple por los cuerpos de seguridad del estado que usurpan funciones del Ministerio Publico y del poder judicial, manteniendo al detenido sin informar al familiar y ni a su abogado de confianza de su paradero como pasa actualmente con los diputados Edgar Zambrano y Gilber Caro.
Narváez señala que toda persona se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario… “pero aquí se juzga y se condena desde los micrófonos del estado”. Toda persona tiene el derecho a ser oída y ser juzgada por sus jueces naturales. Tampoco se respeta esta garantía judicial, la justicia militar sigue procesando a civiles sin tener competencia, facultad y jurisdicción pero esto se permite por inacción del Ministerio Público en no plantear el conflicto de competencia.
Sin duda alguna estamos en presencia de la violación sistemática por parte del estado de las garantías judiciales, la vulneración de los derechos civiles establecidos en los art. 43 y 44 de nuestra CRBV, y el art. 2 CRBV; Venezuela se constituye en un estado democrático y de justicia.