¿Y después del “Open Arms”?: La política migratoria de la UE en entredicho

¿Y después del “Open Arms”?: La política migratoria de la UE en entredicho

El barco de rescate de migrantes españoles Open Arms se ve cerca de la costa italiana en Lampedusa, Italia, el 19 de agosto de 2019. REUTERS / Guglielmo Mangiapane

 

La crisis del “Open Arms”, que lleva 19 días en el Mediterráneo a la espera de un puerto seguro con casi un centenar de migrantes rescatados, ha puesto en evidencia, una vez más, las deficiencias de la política migratoria de la Unión Europea (UE).

Aunque se resolviera el drama del “Open Arms”, lo que se cuestiona es la capacidad de la UE para actuar en situaciones de emergencia: falta un protocolo de desembarco seguro y el convenio de Dublín para el reparto de refugiados ha sido criticado por insuficiente.

La pregunta es: ¿y después del “Open Arms”?. En el Mediterráneo está también el “Ocean Viking”, fletado por Médicos sin Fronteras (MSF) y SOS Méditerranée, con 356 migrantes a bordo; y, en su momento, ya lo estuvieron los buques de las ONG alemanas “Sea Watch” y “Sea Eye”, que permanecieron dos semanas en alta mar con 49 migrantes rescatados a bordo porque Italia se negó a abrir sus puertos.

MECANISMO TEMPORAL DE DISTRIBUCIÓN DE MIGRANTES

A la espera de una solución común que supere las divergencias para una reforma efectiva sobre la política migratoria, Alemania y Francia han intentado promover en la UE, desde febrero de este año, un mecanismo temporal de distribución de los migrantes rescatados en el Mediterráneo por buques pertenecientes a asociaciones humanitarias.

En este mecanismo, a falta de una solución común sobre el régimen de asilo, se mostraron dispuestos a participar otros siete países. “Me parece indigno que cada vez que un barco es rescatado tengamos el debate sobre qué países están dispuesto a acoger a estas personas”, dijo el entonces secretario de Estado alemán de Interior, Stephan Mayer, situación que se ha vuelto a vivir estos días con el “Open Arms”.

La idea, según Alemania, era tener un mecanismo general, sin importar dónde fueran rescatados los migrantes, “sea ante la costa de Malta, España, Italia o Grecia”, especificó el responsable germano.

Pero España rechazó este mecanismo porque, según el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, la propuesta se refería sustancialmente al Mediterráneo central, aquel que afecta a países como Italia, como Malta, y a todos los inmigrantes que fueran rescatados por barcos privados, o sea de ONG.

España “cumple sus obligaciones internacionales y tiene un mecanismo público de rescate”, según señaló el ministro.

La Comisión Europea (CE) ha pedido más voluntad política para afrontar el desafío de la migración “que ha llegado para quedarse”, según el comisario europeo Dimitris Avramópulos. La clave, a su juicio, es buscar una solución definitiva.

Según datos de la agencia fronteriza europea Frontex, el número de migrantes llegados a la UE de forma irregular en 2018 fue de 150.000 personas, lo que supone el dato más bajo en los últimos cinco años y representa una caída del 92 % respecto al pico de 2015.

EL CONVENIO DE DUBLÍN

La norma que causa una mayor controversia es el Reglamento de Dublín, que regula qué estado miembro de la UE se hace cargo de cada solicitud de asilo realizada por una persona en suelo europeo. Se negoció en 1990 y fue modificado en 2003 y en 2013.

El criterio utilizado por el Convenio de Dublín es el del primer país de llegada, lo que implica que el registro del inmigrante y la responsabilidad caigan de forma desproporcionada sobre los países fronterizos.

Esto ha suscitado el rechazo de países como Italia que, en palabras de la presidenta electa de la CE, Ursula von der Leyen, quieren “una reforma del sistema disfuncional de Dublín”.

El Convenio utiliza, además, otros criterios para la concesión de asilo: vínculos familiares o culturales, la posesión de un visado o un permiso de residencia.

Otros problemas que se le achacan, según la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), es que no garantiza todos los derechos de los solicitantes al no darse un proceso justo y equitativo y no siempre se respeta la voluntad de los migrantes ni el país al que desean ir.

La modificación del Convenio de Dublín ya se prevé en la Agenda propuesta por la UE para el quinquenio 2019-2024, donde los Estados miembros deberán consensuar un texto “conforme a un equilibrio entre responsabilidad y solidaridad”, según ha dicho el Consejo Europeo.

LA DIRECTIVA DE RETORNO

El pasado mes de julio, los ministros del Interior de la UE dieron luz verde a la reforma de la Directiva de Retorno (de 2008) para impulsar la devolución de migrantes a sus países de origen a través de procedimientos más rápidos y efectivos.

Esta normativa aborda la devolución de los inmigrantes que no tienen derecho a pedir asilo o protección internacional en la UE y regula todos los aspectos excepto el procedimiento de retorno en las fronteras.

Según Bruselas, en 2017 solo el 36,6 % de las personas que recibían una orden de expulsión era efectivamente devuelto a su país de origen.

Las nuevas normas asegurarán procedimientos más claros y transparentes tanto para las órdenes de expulsión como para los recursos contra estas y obligarán a los retornados a cooperar con las autoridades. Además, mejorarán la eficiencia de los retornos voluntarios y establecerán una lista de criterios para determinar el riesgo de fuga en caso de situación irregular.

Excepcionalmente, la normativa prevé la posibilidad “como último recurso” de enviar a los migrantes a terceros países “seguros”.

LA FALTA DE UN CONCEPTO DE “PUERTO SEGURO”

El concepto de “puerto seguro”, ampliamente utilizado tanto por organizaciones humanitarias como por representantes políticos para trasladar a los migrantes rescatados en el Mediterráneo por los barcos de las ONG, carece de una definición respaldada por un texto internacional.

Las organizaciones humanitarias europeas han reclamado con insistencia que se definan unas condiciones de actuación para los rescates que garanticen seguridad jurídica tanto a los migrantes como a los barcos en el puerto de desembarco.

El vacío legal en la materia obliga a los países a regirse tanto por sus leyes internas como por el Derecho Internacional. Por lo demás, es un concepto complejo porque países como Túnez, que no cuentan en su ordenamiento jurídico con una ley de asilo, no pueden considerarse “puerto seguro”.

Túnez fue uno de los destinos inicialmente señalados para el traslado de los migrantes rescatados por el “Open Arms”, lo que finalmente la ONG descartó por no considerarlo un puerto seguro.

En el caso de España, la Ley sobre el derecho de Asilo señala que las solicitudes de asilo pueden atenderse fuera del territorio nacional “siempre y cuando el solicitante no sea nacional del país en que se encuentre la Representación diplomática y corra peligro su integridad física”, pero no existen criterios para determinar el grado de peligrosidad de estas embarcaciones.

La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) ha reclamado un “protocolo europeo de desembarco seguro” de rápida actuación en situaciones de emergencia que responda a las responsabilidades humanitarias de los Estados. EFE

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