Cabe recordar que el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas le encomendó a la citada misión investigar durante un año las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas, las detenciones arbitrarias, la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes cometidos en Venezuela desde 2014. Y a pesar de que no pudo visitar a Venezuela, logró realizar 274 entrevistas a distancia con víctimas, testigos, familiares, exfuncionarios del Estado, profesionales del derecho, representantes de organizaciones no gubernamentales y personal internacional. También analizó una serie de documentos confidenciales, incluidos expedientes y presentaciones de casos judiciales e información de fuente abierta, como destacó en su momento la Cepaz, organización sin fines de lucro, que trabaja en la promoción y defensa de los valores democráticos, los derechos humanos y la cultura de paz en Venezuela.
En las conclusiones del informe de la Misión-ONU se señala:
“Como se ha documentado anteriormente, la Misión cuenta con información que indica que el Presidente y los Ministros del Interior y de Defensa tenían conocimiento de los crímenes. Estaban en estrecho contacto con otros miembros de la Fanb, incluido la GNB, y también con los directores de la PNB, el Cicpc, el Sebin y la Dgcim. Daban órdenes, coordinaban actividades y proporcionaron recursos para llevar a cabo los planes y políticas establecidos en el informe. La Misión no considera que los responsables de cada delito conocieran necesariamente todos los detalles de cada uno de ellos, pero existen motivos razonables para creer que tenían conocimientos suficientes para realizar contribuciones materiales pertinentes (…) Además, estas violaciones y crímenes fueron ampliamente difundidos en diversos informes de los medios de comunicación y denunciados por las ONGs, los abogados, los familiares y las propias víctimas”.
Y en su primera recomendación el informe destaca:
“Realizar inmediatamente investigaciones rápidas, eficaces, exhaustivas, independientes, imparciales y transparentes de las violaciones de los derechos humanos y los delitos descritos en el presente informe, haciendo que los autores rindan cuentas de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos y proporcionando justicia para las víctimas”.
Palabras lapidarias, que a la hora de que tenga que tomar la decisión de cerrar y archivar el expediente o llevar el caso a la fase de investigación, no puede ignorar el fiscal Karim Khan, así como tampoco puede hacerlo con los informes de la Alta Comisionada de los Derechos Humanos ONU, Michelle Bachelet, quien declaró que el sistema de justicia de Venezuela no se puede considerar imparcial, y que el Poder Ejecutivo, en manos del régimen de Maduro, interviene a menudo en la administración de justicia.
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La incertidumbre que existe en torno al destino del Caso Venezuela 1 en la Corte Penal Internacional es real y ha sido documentada. No lo decimos nosotros. Valentina Ballesta, investigadora de Amnistía Internacional (AI) sobre Venezuela, resaltó los motivos de preocupación que surgen “respecto a la seguridad de las víctimas y de las personas que defienden los derechos humanos a causa del retraso de la fiscalía de la CPI en anunciar el resultado de su examen preliminar, y las repercusiones negativas adicionales que tendría la decisión de hibernar la posible investigación”, como destacó el sitio digital Justicia y Verdad Venezuela.
“Meses después del documento de la Fiscalía y de las declaraciones de (Fatou) Bensouda, la Fiscalía aún no ha anunciado el resultado del examen preliminar de Venezuela ni su determinación de si abrirá o no una investigación. Esta falta de noticias ha causado una considerable incertidumbre, y ha dejado a las víctimas, las personas sobrevivientes de violaciones de derechos humanos y las personas que defienden los derechos humanos (que han apoyado el examen preliminar de la Fiscalía) expuestas a sufrir represión y persecución”, apunta Ballesta.
La investigadora de AI concluye que “En el caso de Venezuela, la Fiscalía debe emitir cuanto antes la decisión que la exfiscal Bensouda y su oficina tomaron respecto al examen preliminar. Si se decidió que hay una base razonable para abrir una investigación, ésta debería abrirse sin demora ni hibernación. Cada día que pasa sin que se tome una decisión pone a víctimas, sobrevivientes y personas que defienden los derechos humanos en un mayor peligro de sufrir represalias. Quienes creen en la CPI como último recurso para la justicia han estado abriendo el camino para alcanzar esa justicia, pero, antes siquiera de que hayan tenido que enfrentarse a dolorosos debates sobre recursos y prioridades, las autoridades venezolanas han conseguido desviar su rumbo hacia un destino peligroso y desconocido”.
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Aún hay más. La organización no gubernamental venezolana Acceso a la Justicia, el pasado 28 de octubre, publicó el informe de World Justice Project (WJP) de fecha 14 de octubre, en el que se señala que por segundo año consecutivo Venezuela ocupa el último lugar en el Índice de Estado de derecho. Acceso a la Justicia apunta que el Estado de derecho, según World Justice Project, es un sistema durable de leyes, de instituciones y de normas que obliga a las autoridades a rendir cuentas sobre sus actuaciones, al tiempo que protege los derechos fundamentales de toda la población. Además, ofrece mecanismos accesibles e imparciales para resolver las controversias y disputas que se presenten en una sociedad determinada.
Analiza Acceso a la Justicia que pese a que el puntaje obtenido por Venezuela (0,27 sobre 1) es similar al logrado en 2020, “en términos generales revela un retroceso en comparación con el reporte anterior, pues este año fueron evaluados 139 países frente a 128 del año anterior, y Venezuela sigue estando de última en los mismos rubros en los que estaba en 2020”.
Imaginamos que fuera de nuestras fronteras esto puede causar asombro, sobre todo porque a pesar de que el régimen de Maduro ha sido evaluado y es observado hasta por la ONU, no ha hecho nada por atender las recomendaciones de organismos internacionales. Diríamos que todo lo contrario, arreciar la persecución y las detenciones arbitrarias como sucedió contra los directivos de la ONG FundaRedes, periodistas, dirigentes políticos, etc. Lo que sí ha hecho, como en esta ocasión por la visita del fiscal de la CPI, es aparentar justicia en algunos casos y maquillar los escenarios de encarcelamiento, tortura y muerte, como lo son del Sebin, la Dgcim y Ramo Verde, entre otros.
En lo interno, las víctimas y sus familiares, diversas ONG de derechos humanos, dirigentes políticos y la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela (FCAV) también se han pronunciado al respecto. La FCAV, por ejemplo, le recuerda al fiscal todas “las gestiones de buena fe que han sido intentadas en el país por diligencias del PNUD, Centro Carter, OEA y más recientemente por el Reino de Noruega, para el mantenimiento de la paz y el respeto a los derechos humanos en Venezuela, especialmente en materia de justicia, a la imparcialidad y el derecho a la defensa” que les niega el régimen de Maduro a los ciudadanos.
Todo esto, por supuesto, también tiene que tenerlo presente el fiscal de la CPI, Karim Khan, porque dijo antes de venir a Venezuela estar “convencido de que el estrechamiento de las relaciones y la cooperación con los Estados Partes mejorará el funcionamiento del régimen del Estatuto de Roma en consonancia con el principio de complementariedad”. Y está claro que estar en “consonancia con el principio de complementariedad” no quiere decir que signifique pasar por alto los crímenes de lesa humanidad que se hayan cometido y que los culpables salgan impunes. Eso sería una atrocidad.
La semana pasada explicamos lo que es el “principio de complementariedad”, pero es menester repetirlo. Representa uno de los aspectos fundamentales de la nueva jurisdicción penal internacional que tiene su raíz en el Estatuto de Roma y se traduce en que la justicia internacional no desplaza a la justicia nacional, sino la complementa. En otras palabras, no pasa por alto lo concerniente a la soberanía de los países pero a la vez salvaguarda el respeto al orden jurídico. El Estatuto de Roma no habla de crimen sin castigo. De hecho, los crímenes de lesa humanidad, como asesinatos y cualquier otro acto inhumano contra ciudadanos civiles, con base en razones raciales, políticas o religiosas, no prescriben.
Con base en todos estos elementos de sustentación que hemos presentado, ¿creen ustedes que el fiscal Karim Khan, cuando esté frente a la balanza de la justicia y le toque decidir sobre el caso venezolano, pueda voltear a un lado, esconder la cabeza en la arena como el avestruz y engavetar o cerrar el expediente? Evidentemente, no. Tiene que actuar en consecuencia. No hacerlo sería causar una enorme y profunda herida a la justicia de repercusiones planetarias, porque sentaría un mal precedente y permitiría que gobernantes dictatoriales y criminales actúen con toda impunidad contra sus pueblos.
Creemos que esto no sucederá, pero no está demás la advertencia y el llamado a la celeridad en el caso venezolano. Como hemos visto, no estamos solos y en lo interno y ante el mundo, el Presidente (E) de Venezuela, Juan Guaido, no se cansa de denunciar la sistemática violación de los derechos humanos cometidos por el régimen de Maduro, como lo hizo en fecha reciente durante su participación en la Cumbre de los Defensores de la Democracia de países de corte totalitario.
Nos hacemos eco de lo dicho por el mismo presidente Guaidó: “Sabemos de la seriedad del Fiscal (…) Confiamos en que prevalecerá la justicia. Solo eso garantiza la no repetición de los hechos y la reconciliación de la sociedad, para sanar las heridas”.
¡Que así sea!
Dr. Rafael Veloz García, diputado a la Asamblea Nacional y al Parlasur electo en 2015 y expresidente de la Federación Interamericana de Abogados (FIA), miembro de la dirección nacional de Voluntad Popular.