Pasos para recuperar o denunciar irregularidades de vehículos confiscados en estacionamientos judiciales del chavismo

Pasos para recuperar o denunciar irregularidades de vehículos confiscados en estacionamientos judiciales del chavismo

Más de 100 carros y camiones fueron desvalijados ante la falta de vigilancia por parte de la CVG

 

 

 





Este jueves 17 de febrero, el fiscal impuesto por la constituyente cubana, Tarek William Saab, brindó una rueda de prensa en la que especificó los lineamientos “para combatir las irregularidades en los estacionamientos judiciales”.

Por lapatilla.com

El representante del chavismo resaltó que han elaborado una “nueva circular” para “establecer los lineamientos de actuación de los fiscales del Ministerio Público ante estas irregularidades, que serán perseguidas con todo el peso de la ley”.

De acuerdo a la información suministrada en esta rueda de prensa, una realizada la entrega del vehículo automotor por parte de la Representación Fiscal, y en caso de que la persona a la que le fue entregado el vehículo manifieste que el mismo se encuentra desvalijado o deteriorado, el fiscal del Ministerio Público deberá ordenar una inspección de mecánica y diseño en la cual se compare el diseño original y la Planilla de Vehículo Registrado (PVR).

Con el estado actual del vehículo; de arrojar un resultado que confirme el daño manifestado, el fiscal deberá informar a la Dirección de adscripción con el objeto de coordinar el inicio de una investigación y determinar las responsabilidades a que haya lugar.

La circular también establece lo siguiente

En aquellos casos en que el Ministerio Público realice inspecciones conjuntas con expertos vehiculares de la División de Identificación Vehicular del Ministerio Público y funcionarios competentes en materia vehicular y de seguridad ciudadana, a los fines de verificar el estado de los vehículos resguardados en los estacionamientos judiciales y mediante comparación entre la PVR y el estado actual del mismo, y se determine que ha sido desvalijado, se deberá proceder a realizar la aprehensión en flagrancia del responsable del estacionamiento judicial.

Cuando el fiscal del Ministerio Público haya hecho la entrega de un vehículo automotor a la víctima y el estacionamiento judicial se niegue a materializarla alegando que se deben cancelar las tarifas por el resguardo, en contradicción a la Ley de Depósito Judicial y a la Sentencia 2.532 del 17 de septiembre del año 2003 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la cual se establece que.

Si se trata de bienes a ocuparse en causas distintas a las señaladas, ellos pueden ser depositados en los locales designados como depositarias judiciales.

Pero éstas no podrán igualmente cobrar emolumento alguno o ejercer el derecho de retención sobre los bienes depositados.

Por cuanto la persona que tiene derecho sobre los mismos no dio origen a la medida de incautación, y por tanto no queda obligada a pagar los gastos del depósito, tal como se desprende de la letra del artículo 16 de la Ley Sobre Depósito Judicial.

Si la víctima le manifiesta al fiscal del MP la negativa de entrega por parte del responsable del estacionamiento judicial, el fiscal deberá ordenar a un cuerpo de seguridad del Estado que haga cumplir su decisión y en caso de mantenerse renuente.

Deberá ser aprehendido en flagrancia por el delito de apropiación indebida calificada, sin perjuicio de otros delitos que puedan derivarse de la investigación.

En aquellos casos en que el Ministerio Público realice inspecciones conjuntas con expertos vehiculares de la División de Identificación Vehicular del Ministerio Público y funcionarios competentes en materia vehicular y de seguridad ciudadana a los fines de verificar el estado de los vehículos resguardados en los estacionamientos judiciales y su condición en el Siipol.

Y se compruebe que se encuentra en estatus “solicitado” y no se haya cambiado al estatus que corresponda.

El fiscal deberá levantar un acta de esto y elevarla a la Dirección de adscripción con el objeto de coordinar el inicio de una investigación y determinar las responsabilidades a que haya lugar.

En los casos en que de la investigación se determine que hubo una inclusión, exclusión o modificación fraudulenta de un vehículo automotor en el Siipol.

El fiscal del Ministerio Público deberá levantar un acta de esto y elevarla a la Dirección de adscripción con el objeto de coordinar el inicio de una investigación y determinar las responsabilidades a que haya lugar.

Finalmente, se les estima dar estricto y cabal cumplimiento a las instrucciones impartidas, en aras de asegurar la efectividad de las actuaciones del Ministerio Público.

Con apego a la Constitución y las leyes, en pro de la Justicia y los Derechos Humanos, ya que su inobservancia será considerada una falta sancionable disciplinariamente, de acuerdo a lo estatuido en el artículo 117, numeral 10 de la Ley Orgánica del MP.

Esta circular tiene como objetivo darle al usuario y la comunidad en general, no solo la mayor credibilidad y eficiencia en el trato sino también la sanción a aquellos que desviando el camino hacen las cosas para afectar a nuestro pueblo.

En tal sentido queremos destacar que estas 29 circulares busca unificar los criterios de actuación de cada de uno de los representantes fiscales, para fortalecer la institucionalidad del MP y sea más eficiente en beneficio de nuestra colectividad.

Con el objeto de que la gente se apodere de esta información y busque lo que haya que denunciar para que cada día seamos más cercanos a una justicia para todos.