Personas podrán grabar procedimientos a que sean sometidos en puntos de control, según nueva resolución

Personas podrán grabar procedimientos a que sean sometidos en puntos de control, según nueva resolución

 

Personas podrán grabar procedimientos a que sean sometidos en puntos de control, según nueva resolución conjunta N° 109 publicada el pasado 7 de septiembre firmada por el ministro de la Defensa Vladimir Padrino López y el de Interior y Justicia, Remigio Ceballos.





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Múltiples casos denunciados por parte de los ciudadanos que han sido víctimas de violaciones de derechos humanos por parte de funcionarios de seguridad del Estado, luego de que estos hayan grabado las actuaciones a las que han sido sometidos, ahora podrán realizar grabaciones de video o audio de los procedimientos a que sean sometidos en los puntos de control.

De acuerdo a la resolución la retención de documentos y pertenencias, incluyendo equipos telefónicos solo podrá realizarse en los supuestos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal y demás legislación vigente que lo establezca.

“Ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes, durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el punto de control, ni a borrar su contenido” así lo expresa el Artículo 20 de dicha resolución.

Asimismo, los funcionarios del Ministerio Público y Defensoría del Pueblo, estarán autorizados para hacer presencia en los puntos de control fijos o móviles, con la finalidad de velar por el correcto funcionamiento del dispositivo de seguridad.

 

 

 

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