El régimen de Maduro rechazó este viernes el “absurdo” fallo del Tribunal General de la Unión Europea (UE) que desestimó el recurso del país contra las sanciones que le impuso el bloque en 2017, cuando consideró que las autoridades de la llamada revolución bolivariana violan los derechos humanos.
En un comunicado, el Ejecutivo de Nicolás Maduro tildó la sentencia de “adefesio jurídico carente de la más mínima racionabilidad”, al tiempo que advirtió que se reserva “todas las acciones jurídicas, diplomáticas y políticas para rechazar esta disparatada decisión de claro corte neocolonialista e imperial”.
“En este absurdo fallo, el Tribunal pretende reconocer a la UE la insólita facultad de intervenir en asuntos internos y adoptar medidas coercitivas unilaterales contra terceros Estados no pertenecientes a la Unión, atribuyéndole una especie de potestad punitiva universal, que abierta y flagrantemente socava la Carta de la Naciones Unidas”, dice el escrito.
Asimismo, Venezuela denunció que el fallo “contradice siglos de jurisprudencia y doctrina pacífica de derecho internacional” y viola los principios de libre determinación y de no injerencia en asuntos internos que deben regir entre los países.
Además, la sentencia “desconoce las resoluciones de la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas que han condenado la imposición de medidas coercitivas unilaterales, teniendo en cuenta su impacto devastador sobre los derechos humanos”, añade el comunicado.
La decisión del tribunal, con sede en Luxemburgo, rechaza todas las alegaciones que hizo Venezuela, la primera de ellas, que el país tiene derecho a que el Consejo de la UE escuche sus argumentos antes de imponer las sanciones.
Para el tribunal, ello equivaldría a que el Consejo mantuviese negociaciones internacionales con Venezuela, con lo que se perdería el objetivo que persiguen las sanciones, ejercer presión sobre el país latinoamericano “con el fin de provocar un cambio en su comportamiento”.
En concreto, las sanciones consisten en la prohibición de exportar a Venezuela equipos que se puedan utilizar para la represión interna y servicios relacionados con equipos militares.
Al no tratarse de sanciones individuales, sino de tipo general, Venezuela tampoco tenía el derecho a que el Consejo escuchase previamente sus argumentos, según la sentencia.
Con información de EFE