Argentina abre investigación contra Álvaro Uribe Vélez (Detalles)

Argentina abre investigación contra Álvaro Uribe Vélez (Detalles)

Expresidente, Álvaro Uribe | Crédito: GettyImages.

 

 

La justicia argentina abrió una investigación contra el expresidente colombiano Álvaro Uribe Vélez por la presunta comisión de delitos de lesa humanidad durante su gobierno (2002-2008) en los que habría permitido 6112 ejecuciones extrajudiciales por parte de las Fuerzas Armadas. En este caso se cuentan particularmente las ejecuciones de 11 colombianos.

Por Caracol Radio 

La causa penal la abrió el fiscal Carlos Stornelli, quien ya solicitó al juez Sebastián Ramos distintas medidas de pruebas y toma de testimonio de los familiares de las víctimas de estas ejecuciones y que denunciaron al expresidente en Argentina. Estas personas son: Osmaira Nieves Oñate, Laura Vanessa Pina, Wilmer Andrey Pérez Betancourt y Bertina Badillo Herazo.

Según la denuncia a la que tuvo acceso el diario El Clarín, los crímenes dejaron “un saldo de 6112 casos de ejecuciones extrajudiciales y de desapariciones forzadas de personas que falsamente se habrían presentado como caídos en combate en acciones guerrilleras contra el Ejército Colombiano, conocidos como “falsos positivos”; ello en el marco de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, dado en un contexto de conflicto armado”.

Bajo esta causa penal, se buscará determinar “la presunta responsabilidad penal del nombrado Álvaro Uribe Vélez, ex presidente de la República de Colombia y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de ese país, en los crímenes de guerra y de lesa humanidad que habría permitido, autorizado, incitado e incluso promovido que se cometieran en Colombia entre el 08 de agosto de 2002 y el 31 de diciembre de 2008?.

¿Por qué se investigará en Argentina algo que ocurrió en Colombia?

La radicación de esta denuncia ante los tribunales judiciales argentinos que fue fundada por el fiscal Stornelli se basa en el principio de jurisdicción universal e invocación del “art. 118 in fine de la Constitución Nacional, la ley 26.200, El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y los artículos. 174 y 176 del Código Procesal Penal de la Nación”.

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