Caso Canserbero: Siete funcionarios policiales fueron imputados por la Fiscalía

Caso Canserbero: Siete funcionarios policiales fueron imputados por la Fiscalía

 

El fiscal, Tarek William Saab informó que “hemos librado orden de aprehensión contra los siguientes funcionarios”.

lapatilla.com

“Inspector Jefe Gilbert Cruz (Jefe de la Comisión); Inspector Edgar Trillo (Investigador); Detective Jesús Medina (Técnico); Oficial PNB Arquelis Blanco (en Comisión de Servicio en el CICPC para la fecha)”, enumeró Saab.

De la Comisión de Laboratorio Criminalístico de Aragua que abordó igualmente el sitio: Inspectora Agregada Teresa Pinto y al Detective Yonel Toro.

“Un séptimo funcionario involucrado falleció en el año 2018 en actos de servicio. La Orden de Aprehensión que pesa en contra de estos funcionarios es por los delitos de obstrucción a la administración de justicia, simulación de hecho punible, asociación para delinquir, y corrupción propia agravada”, señaló.

“De igual manera, solicitamos orden de aprehensión en contra de Solangela Mendoza, quien fue la Patóloga que practicó la Autopsia Forense de Tirone Gonzalez y Carlos Molnar. Quiero que me expliquen cómo una patóloga profesional no reseñó en la autopsia dos puñaladas o el golpe en la cara de Canserbero que le dio Guillermo. Se le solicita por los tipos penales de obstrucción a la administración de justicia, Asociación para delinquir, y encubrimiento”, indicó

Adicionalmente, se emitió orden de aprehensión contra “los fiscales de la época, abogados Tulio Enrique Mendoza, exFiscal 30º Nacional con Competencia Plena y Yoli Abelina Torres, exFiscal Cuarta del estado Aragua, por los tipos penales de omisión dolosa, obstrucción a la administración de justicia y asociación para delinquir”.

En este sentido, Saab explicó que “estos dos exfiscales se les libró orden de aprehensión y solicitamos una alerta roja para que sean entregados donde sea que estén. Estos ciudadanos coadyuvaron a sostener la hipótesis errada del homicidio – suicidio, al no promover las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos. Dejaron de practicar el 95% de las experticias que nosotros ejecutamos, y fundamentaron la solicitud de sobreseimiento en un informe psiquiátrico post mortem”.

 

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