El Instituto Nacional de Transporte Terrestre publicó este viernes 9 de febrero una nueva resolución que limita la velocidad máxima permitida para el transporte público y privado.
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De acuerdo a la resolución conjunta 004 del Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia y la 002 del Ministerio de Transporte, los servicios de transporte público y privado podrán conducir a no más de 70 km/h en autopistas, 60 km/h en carreteras nacionales (troncales) y panamericanas, 40 km/h en zonas urbanas y 15 km/h en intersecciones viales.
La medida busca ponerle un alto a los accidentes de tránsito en donde algunas unidades se han visto envueltas por exceso de velocidad.
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