El expresidente independentista de Cataluña, Carles Puigdemont, huido de la Justicia desde 2017, podría dejar de estar investigado por terrorismo después de que un alto tribunal haya declarado nulas todas las diligencias del juez instructor de la causa en los tres últimos años por un defecto de forma.
En un auto conocido este lunes, la Audiencia Nacional estima el recurso de otra investigada en la misma causa y declara la invalidez de todas las diligencias a partir del 29 de julio de 2021, cuando el juez Manuel García Castellón dictó una prórroga de seis meses de la investigación un día después de vencido el plazo.
La Audiencia considera que la prórroga fue extemporánea y ordena a García Castellón que, conforme a la Ley de enjuiciamiento Criminal, decida si continúa con el proceso o dicta el sobreseimiento. Y para ello, se tendrá que basar solamente en las diligencias acordadas antes de la fecha citada.
En esos momentos, el juez instructor aún no había dirigido la investigación por terrorismo contra Puigedmont.
Fuentes jurídicas consultadas por EFE consideran que esta decisión de la Audiencia Nacional española puede, por tanto, desembocar en la nulidad de la investigación que Puigdemont tiene abierta en el Tribunal Supremo (TS).
El Supremo decidió el 29 de febrero pasado investigar a Puigdemont por considerar que ejercía un “liderazgo absoluto” en la organización independentista Tsunami Democràtic en los graves disturbios ocurridos en Cataluña en 2019 -que constituirían un delito de terrorismo- como reacción a la condena a prisión de nueve líderes independentistas por la declaración de independencia ilegal de 2017.
El expresidente catalán permanece huido desde entonces para eludir la acción de los tribunales españoles.
Hace una semana, el TS rechazó amnistiar a Puigdemont y dos excolaboradores, todos ellos huidos, por malversación de fondos públicos, y mantiene la orden de que sean detenidos en cuanto vuelvan a España, a pesar de que el pasado mayo el Parlamento español aprobó el 29 de mayo pasado una ley de amnistía para los condenados, procesados e investigados judicialmente en relación con el intento ilegal de independencia de Cataluña.
El motivo, según el Supremo, es que obtuvieron un beneficio personal al sufragar un referéndum de ‘autodeterminación’ inconstitucional, organizado el 1 de octubre de 2017, con los fondos de la administración pública catalana, no con su patrimonio personal.
La aprobación de la ley de amnistía ha suscitado un acalorado debate mediático y político en España entre la izquierda, en el poder, y la derecha, en la oposición.
EFE