Denuncian privativas de libertad ilegítimas, violación de DDHH e irregularidades en detenciones en Bolívar

Denuncian privativas de libertad ilegítimas, violación de DDHH e irregularidades en detenciones en Bolívar

 

El modus operandi ha sido el mismo: sujetos con armas largas, vestidos de negro y encapuchados. Durante las primeras 48 horas son reportados por sus familiares como desaparecidos, luego reciben llamadas de alguien ligado al gobierno de Nicolás Maduro, que les revela el paradero de su pariente y les añade “borren todo lo que hayan publicado en redes y no hablen sobre el caso con la prensa”, comentó un familiar que por medidas de seguridad prefirió no ser identificado.





lapatilla.com

Desde diciembre del 2024 hasta enero del 2025, se ha contabilizado la detención de al menos 10 dirigentes políticos en el estado Bolívar, al sur del país. Procedimientos que han sido realizados tanto en Ciudad Bolívar como en Ciudad Guayana, por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN).

El 10 de diciembre del 2024 fue aprehendido en Ciudad Bolívar, Jorge Francisco Sambrano, en horas de la noche. Es ingeniero en mantenimiento industrial, ex coordinador político de Voluntad Popular (VP) en Ciudad Bolívar y actualmente pertenece al partido Acción Democrática (AD).

Al día siguiente (11 de diciembre del 2024) se dieron dos detenciones más en Ciudad Bolívar. El profesor Edgar Sarabia y Álvaro Mora, quienes tenían una reunión presencial de la estructura municipal de Vente Venezuela.

Mora se movilizó en horas de la tarde para buscar a Sarabia con la finalidad de ir a la mencionada reunión, pero nunca llegaron al lugar y tampoco fueron localizados vía telefónica, por lo que se presume que fueron interceptados y detenidos cuando se dirigían a la reunión.

Edgar Sarabia es coordinador municipal de Vente Venezuela, y Álvaro Mora, coordinador de organización del mismo partido en el municipio Angostura del Orinoco, estado Bolívar.

Seis días después (17 de diciembre del 2024) fue detenido en el municipio Caroní, Ramón Bejarano, cuando se dirigía a una reunión con jubilados y pensionados.

Más detenciones

El 7 de enero del 2025, fue detenido el concejal, Jeremy Santamaría en la avenida Táchira de Ciudad Bolívar, cuando venía de la sede de la Cámara Municipal. Santamaría fue elegido como concejal por Un Nuevo Tiempo (UNT), pero en agosto de 2024 renunció a esa organización política y se declaró independiente.

Al día siguiente los funcionarios del Sebin, interceptaron cerca de su casa en Sierra Parima, Puerto Ordaz, el jubilado de CVG Bauxilum, Jesús Ramírez. Trascendió que pertenecía al equipo de seguridad de Vente Venezuela en el municipio Caroní. Y horas más tarde, pero en San Félix, fue aprehendido el coordinador de Vente Venezuela en la parroquia Vista Al Sol, Carlos Martínez.

Mientras que el 9 de enero, cuando se dirigía a la concentración opositora en la redoma de Chilemex, Puerto Ordaz, fue interceptado y detenido José Cipriano Díaz, coordinador de Vente Venezuela en Bolívar.

Ese mismo día, pero en horas de la tarde, fue interceptado y obligado a montarse en una camioneta-según denunció su familia-, el exdirigente sindical de la Siderúrgica del Orinoco (Sidor) Alfredo Maneiro, Juan Valor. El hecho ocurrió en Nueva Chirica cerca de la iglesia Claret en San Félix. Sus parientes denunciaron que la detención podría deberse a un video publicado en sus redes sociales donde expresaba su apoyo a la marcha convocada por la dirigente política María Corina Machado.

En el video hacía un llamado a los trabajadores de las empresas básicas a unirse a las actividades de protesta para defender sus derechos laborales y un cambio de sistema de gobierno.

Y luego fue reportada la detención de Romel Zabala, trabajador de Bauxilum (supervisor) con 40 años de servicio y militante del partido Vente Venezuela. Zabala salió de la redoma de Chilemex, se dirigía a su casa cuando fue interceptado.

Irregularidades

Una fuente consultada señaló que todos los procedimientos han sido realizados por efectivos del Sebin, que los casos han sido declinados al tribunal de Caracas con competencia en Terrorismo, delitos de Terrorismo e Incitación al Odio, de ellos solo Bejarano ha sido trasladado a Caracas, el resto ha tenido sus presentaciones ante este tribunal por audiencia telemática.

Una abogada penalista consultada señaló que este tipo de modus operandi “viola es el derecho a la libertad”.

“La diferencia entre la privación ilegítima y el secuestro, es que en el secuestro se solicita algo a cambio con fin de lucro. Aquí se supone que si está detenido es por alguna comisión de un hecho, lo prudente es la presentación ante el juzgado de control correspondiente. Si esto no sucede en el lapso establecido (48 horas máximo) se vulneran garantías constitucionales como debido proceso, tutela judicial efectiva, derecho a la defensa y el derecho a la libertad”, sumó la abogada que por medidas de seguridad prefirió no ser identificada.

Explicó que si en esas 48 horas no se procede a la presentación del detenido “procede la nulidad de la aprehensión y del procedimiento, cosa que nunca pasa, ellos hacen lo que le da la gana con el debido proceso. Pueden consignar un habeas corpus, que es la solicitud que se realiza ante el tribunal de control para que inste al órgano aprehensor que de forma inmediata traslade al ciudadano al tribunal”.

“El tema está, que en situaciones políticas ningún juez desvirtúa lo solicitado por el Ministerio Público (MP), siempre legitiman todo y se le da proceso haciendo la vista gorda. A ese nivel estamos”, sumó la experta.

Secuestro

También explicó el significado de la palabra secuestro “la finalidad es lucrativa o coactiva, se pudiese tomar la coacción que están recibiendo como amenaza, porque a fin de cuentas están solicitando algo a cambio a favor de su liberación”.

El artículo 3 establece que “quien ilegítimamente prive de su libertad, retenga, oculte, arrebate o traslade a una o más personas, por cualquier medio, a un lugar distinto al que se hallaba, para obtener de ellas o de terceras personas dinero, bienes, títulos, documentos, beneficios, acciones u omisiones que produzcan efectos jurídicos o que alteren de cualquier manera sus derechos a cambio de su libertad, será sancionado o sancionada con prisión de veinte a treinta años”.

En estos casos se diría que son “privados ilegítimamente, desconociendo su paradero y su situación jurídica actual vulnerando principios y garantías constitucionales”.